Las comisarías, fiscalías, Juzgados de Familia y de Paz son los organismos autorizados, en la provincia de Buenos Aires, para actuar ante denuncias por violencia familiar, y son las que ejecutarán las nuevas medidas adoptadas para la protección de las víctimas.
Así quedó establecido por un decreto de la semana pasada que estipuló algunas modificaciones a la reglamentación de la ley 14.509 de Violencia Familiar.
La norma especifica que cualquier dependencia policial debe recibir denuncias por situaciones de maltrato familiar, aunque recomienda que "preferentemente" se realicen en las Comisarías de la Mujer, que "cuentan con equipos técnicos especializados" para atender estos casos.
El decreto estipula además que los jueces "tomarán a su cargo" las denuncias, estarán "obligados a actuar y a dar una respuesta al momento de establecer contacto" con la causa, "deben realizar" el seguimiento pertinente y "controlar la eficacia" de las medidas tomadas.
Además, garantizó a la mujer en situación de violencia de género "la gratuidad" de las actuaciones judiciales y de la asistencia jurídica.
La reforma incorporó la figura del acompañante, que define como "una ayuda protectora" en caso que la mujer lo solicite.
También estableció la exclusión del hogar del agresor, "independientemente de la titularidad del domicilio" y que se le prohíba la tenencia de armas.
Las denuncias "formarán parte" del Registro Único de Casos (RUC), con el que los diferentes organismos del Ejecutivo "contribuirán aportando datos y darán a conocer el estado de situación de la problemática de violencia en la provincia para la elaboración de políticas públicas", explicó el Consejo en un comunicado.