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Revés para el gobierno: la justicia anuló seis artículos del mega DNU de Javier Milei

La jueza de feria Liliana Rodríguez Fernández, declaró inválidos los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/2024.

La Justicia laboral declaró este miércoles la invalidez de seis artículos del mega DNU de Javier Milei, en el marco del amparo presentado por la CGT.

La jueza de feria Liliana Rodríguez Fernández, declaró inválidos los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/2024. “sin perjuicio de aclarar que gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario”.

La jueza declaró la invalidez de esos artículos porque sostuvo son los que “afectan de modo directo los intereses y los derechos” de la CGT. “Por el contrario, todos los restantes artículos corresponden al ámbito del derecho individual y por lo tanto a trabajadores, actuales o futuros, que en ejercicio de su libertad sindical estarán o no afiliados a un gremio y que, acaso, encuentren preferibles o convenientes algunas de las normas que aquí están cuestionadas”,aclaró.

La magistrada también entendió que el caso debería resolverse después de la feria judicial de enero porque hay una medida cautelar que tiene suspendidas todas las reformas del DNU y porque la Corte Suprema de Justicia de la Nación dijo a fin de año que trataría las demandas contra el decreto a partir de febrero. Y además porque el DNU está cumpliendo sus pasos legislativos y está bajo análisis del Congreso para su aprobación o no y que eso debería darse durante las sesiones extraordinarias que fueron convocadas hasta el 15 de febrero.

“El estado de cosas actual puede asimilarse al momento de formación de las leyes, momento en el que – por distribución constitucional de funciones y por criterio judicial sostenido – los jueces no deberían intervenir y la decisión definitiva debería darse en su ámbito natural, es decir, el legislativo.

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