Promulgan Ley para asistencia gratuita a epilÃĐpticos

A través de su publicación en el Boletín Oficial (Decreto N°474) el gobernador Daniel Scioli puso en plena vigencia la adecuación a la ley nacional 25.404 que garantizar a toda persona que padece epilepsia el pleno ejercicio de sus derechos.

La normativa determina que "el paciente con diagnóstico de epilepsia tiene derecho a recibir asistencia médica integral y oportuna, garantizando la detección temprana de la enfermedad, el acceso a todos los procedimientos diagnósticos necesarios, en conformidad con el avance de la ciencia y al tratamiento".

Para ello dispone de la accesibilidad a los medicamentos y a la cirugía de la epilepsia en aquellos casos que así se lo requiera, como a una adecuada rehabilitación y seguimiento del paciente y su familia.

Se establece que "las prestaciones médico-asistenciales a que hace referencia la ley deberán ser garantizadas por el sistema público de salud y por todas las obras sociales de la provincia de Buenos Aires y las empresas de medicina prepaga".

En el marco de esta ampliación de derechos, la ley dispone que "en toda controversia judicial o extrajudicial en la cual el carácter de epiléptico fuere invocado para negar, modificar y extinguir derechos subjetivos de cualquier naturaleza, será imprescindible el dictamen de profesionales de la salud, lo cual no podrá ser suplido por otras medidas probatorias".

El impulsor de la norma, el senador provincial Luciano Martini (FpV) subrayó que "no sólo apuntamos a una cobertura asistencial, sino que la ley busca garantizan el acceso no discriminatorio al nivel laboral y educacional", al mismo tiempo que agradeció a Scioli "por su compromiso social y con la salud de los bonaerenses".

En relación al grado de cobertura que reciben los epilépticos por el sistema de salud público, remarcó que "el Ministerio de Salud provincial atiende esta problemática a quienes carecen de cobertura social y recursos para acceder a los medicamentos, mediante el programa de Epilepsia PROEPI, pero como todo programa, depende de las gestiones de gobierno, en tanto que con esta legislación la atención ya no quedará sumida a una gestión".

De manera innovadora, el proyecto de ley establece la creación de un "Registro Único de pacientes epilépticos", el cual tendrá como fin "establecer aquellos datos epidemiológicos relevantes que promuevan y permitan la investigación científica de la enfermedad, con objeto de mejorar la prevención, especificar el diagnóstico y correlativo tratamiento a nivel regional", se explicó.

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Sancionan Ley de asistencia integral y gratuita para epilepticos

El paso siguiente es la reglamentación de la asistencia médica para que sea integral y gratuita, se informó en un comunicado.

La iniciativa fue impulsada por el senador platense del Frente para la Victoria, Luciano Martini, y acompañada por su par Marcelo Carignani y contó con el apoyo de la Sociedad Argentina de Neurología, de Liga Argentina de lucha contra la Epilepsia (LACE), quienes colaboraron en su confección.

La norma, sancionada en la Cámara Baja, establece la adecuación de la Provincia de Buenos Aires a la ley nacional 25.404, que garantiza, a toda persona que padece epilepsia, el pleno ejercicio de sus derechos, proscribiendo todo acto de discriminación ya sea en el ámbito educativo como laboral.

La ley determina que “el paciente con diagnostico de epilepsia tiene derecho a recibir asistencia médica integral y oportuna. Garantizando la detección temprana de la enfermedad, el acceso a todos los procedimientos diagnósticos necesarios, en conformidad con el avance de la ciencia y al tratamiento”.

Para ello dispone de la accesibilidad a los medicamentos (FAE) y a la cirugía de la epilepsia en aquellos casos que así se lo requiera, como a una adecuada rehabilitación y seguimiento del paciente y su familia.

El senador Martini destacó que se establece que “las prestaciones médico-asistenciales a que hace referencia la ley deberán ser garantizadas por el sistema público de salud y por todas las obras sociales de la provincia de Buenos Aires y las empresas de medicina prepaga”.

“No sólo apuntamos a una cobertura asistencial, sino que la ley busca garantizar el acceso no discriminatorio al nivel laboral y educacional”, remarcó el legislador del Frente para la Victoria.

De acuerdo con el grado de cobertura se informó que “el ministerio de Salud provincial atiende esta problemática a quienes carecen de cobertura social y recursos para acceder a los medicamentos, mediante el programa de Epilepsia PROEPI, pero como todo programa depende de las gestiones de gobierno pero con esta legislación la atención quedará incorporada como garantía”.

De manera innovadora, el proyecto de ley establece la creación en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires el “Registro Único de pacientes epilépticos”, el cual tendrá como fin “establecer aquellos datos epidemiológicos relevantes que promuevan y permitan la investigación científica de la enfermedad, con objeto de mejorar la prevención, especificar el diagnostico y correlativo tratamiento a nivel regional”, se explicó.

Además, se define la elaboración de guías o protocolos de atención clínica, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, que regule y fije normas al abordaje médico con el objetivo de optimizar la asistencia y los recursos de salud.

La epilepsia es una enfermedad crónica caracterizada por uno o varios trastornos neurológicos que deja una predisposición en el cerebro para generar convulsiones recurrentes, que suele dar lugar a consecuencias neurobiológicas, cognitivas y psicológicas.

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