¿Qué se podrá hacer y qué no durante la cuarentena decretada por Alberto?

Mientras se esperan los detalles del decreto firmado por Alberto Fernández, ya se conocen algunas cuestiones del aislamiento social preventivo y obligatorio que estableció el Gobierno nacional para luchar contra el coronavirus. ¿Cuánto durará? ¿Qué se podrá hacer y qué no? ¿Qué actividades quedan afuera de la medida?

– Será del 20 al 31 de marzo;

– Durante el aislamiento obligatorio, las personas deberán permanecer en su residencia habitual o en la residencia en que se encuentren hoy a la media noche;

– Se prohíbe la libre circulación (habrá controles en rutas y espacios púbicos);

– El aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables a supermercados, farmacia, ferreteria, veterinaria o comercios de proximidad;

– Actividades que quedan exceptuadas del aislamiento: Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, autoridades superiores del estado, justicia (mínimo), diplomático; ;

– Personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos;

– Servicios de comunicación audiovisual;

– Industrias de la alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavanderia, petróleo y obra pública;

– Transporte público urbano (queda excluido larga distancia y cabotaje);

– Recolección de residuos, servicios públicos básicos;

– Transporte de carga;

– Estaciones de servicios;

– Servicios postales;

– Cajeros automáticos

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