Se trata del decreto 598, que reconoce "la presencia de factores de riesgo psicosocial en la actividad laboral desarrollada” por los médicos, lo que constituye “un cuadro de desgaste laboral o agotamiento prematuro” que justifica que accedan a una jubilación anticipada, que en 2018 será a los 50 años, con 25 de aportes.
El artículo 2 del decreto establece un régimen de progresividad que se inicia con retroactividad a 2014, indicando que ese año un médico con 58 años y 33 de aportes puede acceder a la jubilación anticipada, mientras que en el 2015, la edad tope será de 56, con 31 años de aportes, y en 2017 la ecuación será de 52 años de edad y 27 de aportes.
Finalmente, en 2018 se llegará a la edad fijada por el acuerdo paritario establecido por el Gobierno y Cicop, de 50 años, con 25 de aportes.
El decreto precisa que el beneficio será “únicamente para a los profesionales que se desempeñen o hayan desempeñado en relación de dependencia, pertenecientes a planta permanente o temporaria”.