Suspensión total de los servicios de transporte automotor interurbano
Mediante la resolución 21 publicada hoy en el Boletín Oficial, el funcionario instruyó a los operadores de servicios automotor interurbanos de pasajeros a "reprogramar los servicios que se suspendan o reintegrar el importe de los pasajes dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días".
"Para dar cumplimiento a las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, los operadores deberán adoptar las medidas que resulten necesarias para evitar la aglomeración de pasajeros en las estaciones terminales de transporte automotor", añadió la normativa.
En paralelo, se aprobó un protocolo "Plan de emergencia en el transporte terrestre automotor de pasajeros y de carga COVID-19" y otro de "Emergencia en el transporte fluvial", en consonancia con las medidas adoptadas en jurisdicción nacional.
El subsecretario encomendó a la Dirección Provincial de Fiscalización de la Subsecretaría de Transporte "profundizar y adoptar las medidas que resulten necesarias con el fin cumplimentar" esas determinaciones.
También, "establecer las excepciones por razones de carácter sanitario y/o humanitario y/o necesarias para el cumplimiento de tareas esenciales en el marco de la emergencia decretada".