Diputados dio media sanción a la ley de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero
La Cámara de Diputados aprobó en la madrugada de este viernes por amplia mayoría el proyecto de ley de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, y envió al Senado. El proyecto establece que el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación vigentes regulares.
La iniciativa, aprobada a la 1.20 de este viernes, se debatió durante tres horas y sumó 207 votos a favor; 11 en contra y 7 abstenciones; también dos últimas expresiones correspondientes a diputados de Juntos por el Cambio, en su mayoría del PRO.
En el inicio del debate, la presidenta de la comisión de Mujeres y Diversidades, Mónica Macha, destacó: "Hoy estamos poniendo en el centro de la conversación política que no somos varón o mujer, que no somos lo que nuestros genitales nos obligan, que no somos la cárcel de un cuerpo ".
Su compañera de bloque, la cordobesa Gabriela Estévez, expresó: "Hoy seguimos transitando ese camino a la reparación que comenzó en el 2004, cuando Diana Sacayan decía, 'hasta que no podamos ponernos en la piel del otro, no vamos a poder pensarnos como sujetos transformadores de la realidad '. Y éste proyecto se trata de eso. Es un paso más ".
En uno de los discursos más emotivos de la noche, enfatizó: "El propósito de esta Ley es que las travestis y mujeres trans pueden desarrollar sus proyectos de vida sin verso obligadas a migrar hacia las grandes ciudades para prostituirse, que los pibes trans no tengan que vivir sus identidades en la clandestinidad para acceder cuanto mucho a trabajos precarizados ".
En ese sentido, agregó: "Especialmente, que las infancias trans de todo el país, y sobre todo del interior profundo, pueden tener un presente y un futuro rodeadas de mucho amor y con pleno goce de su ciudadanía".
Además del cupo mencionado, el proyecto dice también que "a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo en los términos de la presente Ley".
También considera que se entiende por "personas travestis, transexuales y transgénero a todas aquellas que se autoperciben con una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer".
Otro de los puntos dice que "los organismos comprendidos en la presente ley deben promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual en los ámbitos laborales, con el fin de una integración efectiva de las personas travestis, transexuales y transgénero en los puestos de trabajo ".
El proyecto además contempla que las "contribuciones patronales que se generan por la contratación de las personas beneficiarias de la presente Ley podrán tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales" y ese beneficio se extiende a un año ya dos en el caso de las pequeñas empresas