El Ministerio de Salud rechazó este viernes el planteo de autorización excepcional solicitado por la dirigencia del Club Boca Juniors, para aplicar un "corredor sanitario" luego de los incidentes que tuvieron lugar en el estadio de Atlético Mineiro, Brasil, mientras que la Mesa Directiva de la Liga Profesional de Fútbol no dio lugar a la suspensión de los partidos correspondientes a la segunda y tercera fecha del torneo local.
"La autoridad sanitaria considera que no se puede autorizar la excepción para el plantel implicado en los hechos mencionados, priorizando el objetivo de minimizar los riesgos y disminuir lo maximo posible la velocidad en el incremento de contagios", señaló el documento oficial firmado por la titular del Gabinete de Asesores de la cartera sanitaria, Sonia Gabriela Tarragona.
Las autoridades del club porteño habían presentado el pedido formal este viernes para habilitar el corredor sanitario y utilizar así a sus jugadores el fin de semana.
"Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia 455/2021 y la normativa vigente en relación al ingreso al país, ante el riesgo de introducción de nuevas variantes del SARS-CoV-2, y las excepciones a estas normativas, se considera que los hechos sucedidos en Belo Horizonte, República Federativa de Brasil, luego del partido del que participaron Boca y Atlético Mineiro, implican en varias oportunidades la ruptura de la burbuja establecida como segura y requisito para la excepción en el cumplimiento de la cuarentena al ingreso al país", amplía la resolución.
En tanto, la Mesa Directiva de la Liga Profesional de Fútbol, presidida por Marcelo Tinelli, no dio lugar a la postergación de los encuentros previstos para este sábado y martes, entre Boca Juniors y los clubes de Banflied y San Lorenzo, respectivamente.
Según se advierte en el documento, "al tratarse de una institución de magnitud e importancia – no solo a nivel local sino también internacional – como lo es el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, no podemos más que exhortar a las autoridades de dicho Club a que arbitren los medios necesarios para que dicha institución se presente con el mejor plantel que tenga disponible, realice las comunicaciones a AFA dispuestas en los art.18bis.5. del Reglamento Torneos LPF 2021 LPF y art. 205 RG AFA, y dispute los encuenstros oficiales según la programación establecida".
Además, en el considerando 19, se apunta contra la "propia torpeza" de los actos que impulsaron la elevación del pedido, de tal forma que "no puede ser considerado como eximente de la obligación de presentarse a jugar" los partidos de la liga.
Fuente: Política Argentina