Contempla a aquellas personas mayores de 40 que fueron detenidas en el marco del artículo del Código de Faltas que consideraba una práctica viciosa a la homosexualidad o el travestismo.
El Ejecutivo de Axel Kicillof envió a la Legislatura un proyecto de ley que propicia “establecer una pensión para las víctimas de violencia institucional ejercida por agentes de la provincia de Buenos Aires por motivos de su identidad de género”.
La finalidad de esta iniciativa, señala el texto de la normativa, es “dotar a nuestra provincia de una legislación que contemple una pensión de carácter reparatorio para personas que hayan sido detenidas, privadas de su libertad y/o sancionadas o penadas con multa por causas relacionadas con su identidad de género como consecuencia del accionar de las Fuerzas de Seguridad de la provincia de Buenos Aires y/o por disposición de autoridad judicial o del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires”.
El Gobierno provincial sostuvo que el proyecto “es el resultado de un proceso de evolución en materia normativa y judicial. Encontramos en consecuencia, el informe “Violencia contra Personas LGBTI” del año 2015 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el cual sostiene que en nuestra región hay “una cultura de violencia estructural basada en el prejuicio hacia las orientaciones sexuales e identidades de género no normativas y cuerpos diversos”.
“Este gobierno no puede y no quiere dejar de reconocer que durante muchos años se persiguió y criminalizó sistemáticamente a personas trans -en su mayoría travestis y mujeres transgénero- en el territorio provincial, dictándose incluso normas a tal efecto, a saber, el Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires”, añade.
En concreto, la propuesta propicia una pensión graciable, mensual y vitalicia, con carácter reparatorio, para víctimas de violencia institucional por motivos de Identidad de Género.
En tal sentido, indica que las personas beneficiarias del régimen propuesto serán aquellas mayores de 40 años, estableciéndose compatibilidades e incompatibilidades para el acceso y vigencia de la pensión propiciada, como así también circunstancias que motivan la caducidad en el pago de la misma.
“Se incluye, asimismo, para las personas beneficiarias cobertura de salud otorgada a través del “Instituto de Obra Médico Asistencia (IOMA)”, añade la iniciativa.