La Comisión de Seguridad del Concejo Deliberante le dio ayer despacho aprobatorio al pedido de interpelación del Intendente firmado por los bloques de la oposición, y en caso de recibir dictamen positivo en la Comisión de Legislación del jueves próximo, el proyecto será tratado por el pleno de los Concejales en la siguiente sesión ordinaria.
El proyecto presentado luego de los disturbios en el Circo Royal del jueves pasado, ya recogió la firma de 12 de los 20 Concejales (Progresistas, Frente Renovador y Cambiemos) y alcanza una mayoría que podría torcer la relación de fuerzas en el legislativo local.
Como respuesta del oficialismo, el Presidente del Concejo Pablo Descalzo convocó a los ediles a una reunión con el Intendente en el Edificio Municipal que luego fue suspendida por la negativa de varios de ellos a asistir.
En un intento por anticiparse a la interpelación, la reunión informal fue citada para hoy, pero esta vez en la sede del Honorable Concejo Deliberante.
Al respecto el Concejal Esteban Vallarino (Partido Socialista), señaló: “Más allá de cualquier charla informal, nos parece necesario que se realice una Sesión pública en el recinto como marca la ley, para que el Intendente pueda brindar en forma directa todas las explicaciones que se le requieran en un ámbito abierto a la ciudadanía”.
“Las razones para el cambio del Comisario Castillo de la Jefatura de la Policía Local, el retiro de móviles y equipamiento municipal y los violentos incidentes provocados por barras-brava, merecen aclaraciones para determinar el rol y el grado de responsabilidad política del máximo funcionario del Departamento Ejecutivo”.
Sobre el procedimiento de interpelación el Artículo 108° inciso 7 de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone textualmente: “Constituyen atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo: (…) Concurrir personalmente, o por intermedio del secretario o secretarios de la intendencia, a las Sesiones del Concejo cuando lo juzgue oportuno, o sea llamado por Decreto del Cuerpo, con una antelación de cinco (5) días para suministrar informes. El Intendente podrá tomar parte en los debates, pero no votar. La falta de concurrencia del Intendente o Secretarios cuando haya sido requerida su presencia por Decreto, o la negativa de ellos a suministrar la información solicitada por dicho Cuerpo, será considerada falta grave”.