De la mano de Bossio, el Gobierno busca beneficiar otra vez a Clarín y La Nación
La Comisión de Comercio de Diputados se encuentra estudiando el proyecto presentado por el legislador Diego Bossio que lleva como título: “Fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa de papel para diarios” el cual aspira modificar varios artículos de la Ley 26736 (Papel Prensa), que regula los precios y accesos a la materia prima para los diarios y revistas.
Con esta iniciativa se desregulará la fabricación de insumos básicos para la fabricación de los diarios, lo que significa la monopolización del papel y aumentará, aun más, la concentración de la comunicación de Clarín y La Nación.
La iniciativa legislativa presentada por Bossio propone derogar el Artículo 20, con lo cual elimina la obligación de comercializar el papel para diario a un precio único y público de pago (establecido por una formula específica definida en la ley). Este artículo evita que las proveedoras de este insumo puedan vender a un valor preferencial a ciertos medios (fundamentalmente, Clarín y La Nación), perjudicando al resto.
En esa línea se busca derogar los artículos 24, 25, 26 y 27, por los cuales se regula la cantidad de producción nacional y de importación de pasta celulosa y papel para diarios, a fin de asegurar el abastecimiento pleno del mercado local.
Otro artículo que busaca darse de baja es el 40, el que obliga a Papel Prensa a operar como mínimo a pleno de su capacidad operativa o de la demanda interna de papel (cuando ésta sea menor a la capacidad operativa) y presentar y ejecutar cada tres años un plan de inversiones tendiente a satisfacer la totalidad de la demanda interna de papel para diarios.
Por último, el artículo 41 establece que “cuando los fondos necesarios para las inversiones previstas en el artículo anterior sean provistos en forma más que proporcional por el Estado nacional respecto de otros socios, los derechos políticos adicionales emergentes de dichos aportes de capital serán ejercidos por la Comisión Federal Asesora creada por el artículo 12 de la presente ley. Sin perjuicio de lo anterior, los derechos patrimoniales emergentes de los citados aportes forman parte de la participación accionaria del Estado nacional en Papel Prensa S.A., que se ve acrecentada eventualmente mediante este mecanismo.”, lo que significa que con la derogación de este apartado se limita el accionar público respecto del abastecimiento de este insumo fundamental.