La Corte Suprema declaró inconstitucional el pago de ganancias de los jubilados
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), en un fallo con una importancia trascendental, declaró hoy inconstitucional el descuento del impuesto a las ganancias en los haberes jubilatorios.
Votaron a favor los magistrados Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, mientras que el presidente de la CSJ, Carlos Rosenkrantz, fue el único que votó en contra.
El caso del que se ocupó la Corte fue el pedido de María Isabel García, de Concepción del Uruguay. La mujer presentó una demanda contra la AFIP a raíz del pago del Impuesto a las Ganancias sobre su haber previsional.
Tanto la justicia de primera como de segunda instancia dictaron la inconstitucionalidad de la aplicación del impuesto al considerar que la jubilación no es una ganancia y que la mujer ya había pagado el impuesto cuando era trabajadora activa pero ante la apelación del Estado el caso lleco a la Corte.
La sentencia podría tener efecto sobre el resto de las jubilaciones que tributan ganancias a futuro, sobre todo los que tienen juicios en trámite por reajustes.
La Corte Suprema, tras recordar el alcance de los principios de igualdad y de razonabilidad en materia tributaria, destacó que el caso estudiado debía resolverse "en base a la naturaleza eminentemente social del reclamo efectuado por la jubilada" y que "la reforma constitucional de 1994 garantizaba 'la igualdad real de oportunidades y de trato' a favor de los jubilados, como grupo vulnerable (artículo 75 inciso 23)".