AUH: La Corte Suprema falló a favor de las mujeres privadas de su libertad

La Corte Suprema ratificó un fallo que reconoce el derecho de las mujeres detenidas con sus hijos o embarazadas a percibir las asignaciones familiares, que hasta hoy la Anses resistió de aportar bajo argumentos como que el servicio penitenciario cubre las necesidades de esas mujeres. "Resultan inaceptables los argumentos", sentencia la resolución firmada por unanimidad por los jueces del máximo tribunal y abunda en los tratados internacionales, artículos constitucionales y leyes laborales y de protección de la infancia y la mujer, que avalan el reclamo presentado por internas del Centro de Detención de Mujeres Unidad 31 de Ezeiza. 

"La forma en la que la Corte contestó trasciende el alcance de este caso y es un respaldo fundamental sobre la cuestión de fondo que es si las personas privadas de su libertad son sujeto de derecho a la seguridad social", destacó Rodrigo Borda, subdirector de la Dirección Legal y Contencioso de la Procuración Penitenciaria de la Nación y sostuvo que la "potencia y elocuencia" del fallo le permite a la PPN extender la decisión a los penales federales de Salta y La Pampa, donde hay mujeres en la misma situación. 

La demanda se originó con un hábeas corpus presentado por la Procuración Penitenciaria de Nación y la Defensoría General en defensa de las mujeres madres detenidas o embarazadas de la Unidad 31, que se encontraban sin condena o que habían recibido penas inferiores a los tres años, por lo que permanecían privadas de libertad junto a sus hijes menores de 4 años. La presentación había sido rechazada en los tribunales bonaerenses, pero el fallo fue revertido por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal y apelado por la Anses, que decidió ir en queja hasta la Corte.

"El ingreso a prisión no despoja a las personas" 

El hábeas corpus reclama por tres tipos de asignaciones: la Asignación Única por Embarazo (AUE), la Asignación Universal por Hijo (AUH) y las asignación familiar para aquellas que realizaban trabajo intramuros. La Anses se opuso al hábeas corpus en todas las instancias argumentado que "las internas no establecían relación de dependencia" para acceder a la asginación familiar por trabajo y no estaban contempladas en la ley 24.714, mientras que, en los casos de la AUE y AUH, el Estado cubría las necesidades de salud, educación y alimentación a través del servicio penitenciario. 

Fuente Página 12

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