La Justicia rechazó un recurso contra el salvataje de Correo Argentino
La Fiscalía General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, a cargo de Gabriela Boquin, negó el recurso extraordinario interpuesto por Correo Argentino SA contra un fallo de diciembre pasado de la Sala B de ese tribunal, por no reunir los requisitos exigidos para su concesión.
El dictamen del Ministerio Público Fiscal se originó luego de que la firma deudora intentó recurrir la apertura del procedimiento de salvataje, previsto en el artículo 48 de la Ley de Concursos y Quiebras. En ese sentido, en diciembre último la Sala B confirmó la sentencia que lo había dispuesto y la sociedad interpuso un recurso extraordinario, respecto al cual se corrió vista a la fiscalía.
En consecuencia, Boquín consideró que el recurso deducido por Correo Argentino SA “debe ser declarado inadmisible pues no cumple con los requisitos exigidos por los arts. 14 y 15 de la ley 48”, en tanto “no existe cuestión federal ni supuesto de arbitrariedad”.
Según informó el portal Fiscales, la fiscal general recordó que la sentencia de la Sala B cuestionada confirmó una decisión de marzo de 2010 de primera instancia, cuando ya existía una resolución firme del tribunal de alzada desde octubre del 2004 en el mismo sentido: “Aquí cabría preguntarse, ¿cuántas veces pretende la deudora que se decida la apertura del registro del salvataje por no haberse obtenido las conformidades? Esta es la tercera vez que en diversas instancias se ha decidido que, al no haberse alcanzado las mayorías exigidas por la ley, se debe proceder conforme la manda del art. 48 LCQ [Ley de Concursos y Quiebras]”, se interrogó.
Además enumeró otra serie de aspectos, a saber: la conducta “especulativa” de la concursada, “quien ensaya y reitera planteos opuestos entre sí, a los fines de evitar las consecuencias propias de este trámite”; que no hay posibilidad de compensación de créditos; que no hubo por parte del Estado actitud hostil o abuso de la posición dominante por el solo hecho de no aceptar la propuesta de la empresa; que dicho acreedor perdiera esa condición y la reedición de planteos ya resueltos, entre otros.
Finalmente, la fiscalía cursó copia del dictamen, de la resolución de la Sala B y el recurso intentado a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) y al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro.4, Secretaría Nro.7, en relación a la causa penal que allí tramita.