Gracias al decreto N°721/20,que dispuso que en el Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8 de la Ley N°24.156,"los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos de personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad".
A raíz de un requerimiento de la Subsecretaría de Empleo Público y al Ministerio de Defensa, deberán informar "si cuenta la unidad con personal transexual, transgénero o travesti trabajando actualmente en el marco de todas las modalidades de contratación vigente".
El mensaje recibido agrega que en caso de respuesta afirmativa, indicará el porcentaje de los cargos que se encuentran ocupados por dicho personal.
También solicitan el último nivel de formación académica alcanzado, la descripción del tipo de funciones desempeñadas y la antigüedad en la administración pública y en el organismo. Finalmente se aclara que la información deberá enviarse sin datos filiatorios que deberá estar antes del 30 de noviembre.
Aaunque se venía hablando sobre esta decisión en el interior de la fuerza, "es la primera vez que llega un mensaje concreto". Por otra parte, agregó que "el 90% está en contra, pero van a tener que cumplir el decreto"