¿Macri puede ir preso? Qué dice el Código Procesal Penal sobre la pena por no presentarse a declarar
“… Si el citado no se presentare en el término que se le fije ni justificare un impedimento legítimo, se ordenará su detención", reza el artículo 288 del Código Penal Procesal ante situaciones como las del ex presidente Mauricio Macri, quien no se presentará a declarar ante la justicia por la causa que investiga el espionaje ilegal a familiares de víctimas del ARA San Juan.
El caso es escandaloso y vale una simple comparación: ¿Qué hubiera pasado si Cristina Fernández de Kirchner no se hubiera presentado a sus indagatorias? ¿Qué se hubiera hecho desde los medios y la Justicia?
El ex presidente anunció en Twitter que no se presentará ante la Justicia: "Por eso no me presentaré mañana hasta que los planteos que hará mi abogado sean resueltos para garantizarme el debido proceso y la defensa en juicio", escribió. No es el primer macrista en esquivar a la justicia argentina, sobre la que tanto hablan: Pepín Rodríguez, amigo íntimo del ex presidente, decidió fugarse del país y ahora vive en Uruguay. Tiene pedido de captura internacional.
"Si Macri no es conducido por la fuerza pública, si no se hace efectiva la previsión de detención prevista en el art. 288 cppn, estaremos frente a una nueva ofensa no solo a los familiares sino al pueblo argentino todo, que no pide cárcel ni sangre, sólo pide justicia", solicitaron razonablemente los abogados de las víctimas del ARA San Juan. Durante el hundimiento del submarino murieron 44 personas. A sus familias el gobierno de Macri las espió. ¿Habrá justicia para tanto dolor?