El gobierno bonaerense denunció a Netflix por inclusión de cláusulas abusivas
La administración provincial detectó que los términos que rigen la contratación del servicio infringen la ley de Defensa del Consumidor.
El gobierno de la provincia de Buenos Aires imputó de oficio a Netflix por identificar a través de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones, la inclusión de cláusulas abusivas incorporadas en los términos y condiciones de la empresa en infracción a la Ley de Defensa del Consumidor.
Ya ha sido notificada y deberá adecuar, modificar y/o suprimir las cláusulas observadas. Además, posee 5 días hábiles e improrrogables para presentar su descargo.
De esta manera, al analizar los “Términos de Uso de Netflix” se constató que rigen la contratación, que la reconocida empresa mediante una redacción compleja y poco clara, impone a sus usuarias y usuarios cláusulas que se presentan abusivas.
Los hallazgos del análisis realizado fueron, en primer lugar, “determinar de manera absoluta, general y taxativa que los pagos que realicen los consumidores no serán reembolsables ni se otorgarán créditos en favor del consumidor en ningún caso”, lo que genera confusión y error en el usuario, y la falsa creencia de que nada podrá reclamar una vez efectuada la contratación y realizado el pago, aun en supuestos de incumplimientos de la empresa, falta o defectuosa prestación del servicio.
En segundo lugar, “establecer una cláusula de exoneración y/o limitación de responsabilidad imponiendo a sus usuarios la renuncia a futuros reclamos por la prestación del servicio y a los daños que se les pudieren generar, declarando por anticipado que el servicio de Netflix puede presentar interrupciones y errores” y se ofrece en esas condiciones, sin garantías, lo que resulta además violatorio al deber legal de garantía que poseen todos los productos y servicios conforme la Ley Nacional de Defensa del Consumidor
Otro término de uso considerado abusivo por parte de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, es “obligar a renunciar a sus usuarios a la posibilidad de iniciar reclamos en forma colectiva y/o a participar de acciones colectivas de reclamo en defensa de sus derechos”.
Asimismo, otra de las cláusulas identificadas establece que “los términos de uso se regirán y se interpretarán de acuerdo a la Ley del estado de Delaware (EE.UU.)”, es decir, un usuario o usuaria que se encuentra en la provincia de Buenos Aires debe regirse por la Ley de un Estado Norteamericano. En total, una violación a lo establecido por los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación.
Todas estas cláusulas de contratación del servicio se encuentran en infracción del artículo 4° y 37, inciso b) de la Ley 24.240, Resolución nº 53/2003 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, Resolución nº 994/2021 de la SCI de la Nación y el Código Civil y Comercial de la Nación.
Las autoridades provinciales indicaron que “se cumple de esta manera con el deber de controlar los contratos de adhesión ya que las y los consumidores contratan directamente sin posibilidad de negociar como también se persigue evitar conductas que puedan resultar violatorias a la normativa de defensa de los consumidores”.