La sentencia salió a favor del Centro de Capitanes de Ultramar, que señaló que el decreto anunciado en diciembre por Javier Milei vulnera artículos fundamentales de la Constitución y la división de poderes republicana.
La Justicia volvió a pronunciarse en contra del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, firmado por el presidente Javier Milei. En esta ocasión, el Juzgado Nacional del Trabajo Nº 70, a cargo de la jueza Andrea Fabiana Centonze, declaró inconstitucional las disposiciones laborales contenidas en el decreto, argumentando que violan principios fundamentales de la Constitución Nacional, como los artículos 14, 14 bis y el principio de división de poderes.
La sentencia, emitida en favor del Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante, señaló que no existían razones de necesidad y urgencia para dictar el decreto, ya que el Congreso estaba plenamente operativo, invalidando así el uso de esta herramienta excepcional. El fallo destaca que el Poder Ejecutivo no puede arrogarse facultades legislativas ni eludir el control judicial.
El tribunal también cuestionó disposiciones clave del decreto, como la derogación de la Ley 25.323 sobre indemnizaciones laborales, la reducción de indemnizaciones por antigüedad, restricciones al derecho de huelga, la creación de figuras de “ilícitos sindicales” y la eliminación de sanciones por empleo no registrado. Según el fallo, estas medidas constituyen una reforma estructural que excede las competencias del Ejecutivo y no responden a una emergencia real que justifique su implementación.
Además, la jueza Centonze subrayó que “las consideraciones genéricas expuestas en los considerandos del decreto no son idóneas para justificar una situación de excepción”, reafirmando la importancia de la deliberación legislativa en un sistema republicano.
Este fallo se suma a otros pronunciamientos similares en el fuero laboral que también han declarado inconstitucionales las disposiciones del DNU 70/2023, incluyendo los presentados por la CGT, la CTERA y la Asociación del Personal Aeronáutico (APA).
Por su parte, el Estado Nacional defendió la validez del decreto argumentando que respondía a una “severa crisis económica”. Sin embargo, el fallo dejó claro que las modificaciones introducidas no son temporales ni proporcionales a una emergencia, sino reformas permanentes que afectan derechos laborales y sindicales consagrados constitucionalmente.
El Centro de Capitanes calificó al decreto como una “reforma regresiva que atenta contra los derechos de los trabajadores y la autonomía sindical”. Si bien el fallo se circunscribe al capítulo laboral del decreto, establece un precedente clave en la defensa de los derechos laborales y el respeto por la división de poderes.
Finalmente, el tribunal dispuso que las costas del proceso se distribuyan por su orden y reguló los honorarios correspondientes, cerrando un nuevo capítulo en la disputa judicial entre el sindicalismo y el Gobierno sobre la legislación laboral.