La Justicia otorgó prisión domiciliaria a un represor sólo por cumplir 70 años
Para los camaristas Carlos Mahiques y Eduardo Riggi, el represor Jorge Osvaldo Steding, condenado por el secuestro y muerte del dirigente de la UCR Mario Abel Amaya durante la última dictadura, merece ser beneficiado con prisión domiciliaria sólo por cumplir 70 años.
El fallo esperado por los condenados por violaciones a los Derechos Humanos, concedió la prisión domiciliaria a un represor porque superó el límite etario y pese a que sus problemas de salud son menores: lumbalgia, hipertensión e hipoacusia.
Como parte de los fundamentos de los camaristas Mahiques y Riggi, sostuvieron que mantener al condenado en prisión significaría violar la “Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas crueles, Inhumanos o Degradantes”.
Por su parte Jorge Osvaldo Steding, detenido desde el 20 de diciembre de 2015, cumple en una cárcel común la condena de 17 años de cárcel por el secuestro ilegal, las torturas y la muerte del diputado (1973-1976) y dirigente de la UCR Mario Abel Amaya, uno de los primeros alfonsinistas, abogado y militante de la Reforma Universitaria.
El periodista Néstor Esposito agregó en medio Tiempo Argentino que el fallo invoca un antecedente de la Corte Suprema, “Felipe Alespeiti”, en el que el máximo tribunal concedió la domiciliaria a otro represor. Pero en aquel caso, el beneficiado fue un condenado de 85 años de edad, cuyo estado de salud se caracerizaba en el fallo de la siguiente manera: “Con diversas patologías cardíacas, evolutivas, crónicas, irreversibles y susceptibles de complicación, que presenta trastorno senil con deterioro funcional, pérdida del 70 por ciento de la visión en uno de sus ojos, sufre de hipoacusia con compromiso en su desempeño social auditivo y posee limitada capacidad de locomoción”. Es decir un preso 15 años mayor que Steding y con problemas de salud infinitamente más graves.