La Corte contra los trabajadores
El Máximo Tribunal dispuso que si un trabajador pierde un juicio “por su culpa”, deberá afrontar los gastos por honorarios profesionales que haya ocasionado el proceso.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resolvió que cuando un trabajador pierde un juicio laboral por "su culpa" debe pagar todos los gastos por costos profesionales que ese litigió ocasionó. Por ende, se hará cargo de los honorarios de los abogados y los peritos que hayan intervenido.
Esta resolución de la CSJ se da en sintonía con el discurso instalado por el Gobierno, acerca de las supuestas “mafias laborales” que atentan contra el crecimiento de las empresas y la economía en el país.
Lo cierto es que la Corte falló a raíz de una denuncia de accidente laboral que había sido promovida por Enrique López contra Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA. El demandante sufrió una invalidez parcial, que no pudo constatarse.
De acuerdo con Ámbito.com, el trabajador había sufrido el accidente mientras concurría a su trabajo, y por eso reclamaba ante la justicia laboral que la ART de su empleador le pagara la indemnización prevista en la ley 24.557 de riesgos de trabajo.
Como López nunca pudo presentarse para ser examinado, la Justicia estableció que la culpa por la anulación de la causa fue del trabajador. En consecuencia, el Tribunal estableció que “cuando un trabajador pierde por su culpa un juicio laboral debe pagar todos los gastos ocasionados por ese juicio en concepto de honorarios de los abogados y los peritos que hayan intervenido", según informó el sitio oficial Centro de Información Judicial (Cij).
De esta forma, la Corte destacó que si el rechazo de la demanda se debió a la actitud del propio demandante, no había motivos válidos para apartarse de la regla legal que establece que quien pierde un juicio debe pagar los gastos por honorarios que ese juicio originó.