Entrega total: empresas con base en Malvinas podrán pescar en aguas argentinas
En su proyecto de ley ómnibus, Javier Milei incluyó la derogación de un artículo del Régimen Federal Pesquero para permitir que buques vinculados a las ocupadas Islas Malvinas puedan operar en aguas nacionales
Así lo establece el artículo 27 bis de la Ley Nº 24.922 que fue incorporado en el año 2008 para impedir que empresas pesqueras que pescan en Malvinas, también lo pudieran hacer en aguas nacionales. Apunta a las firmas que faenan en la ‘zona de exclusión’, ilegalmente establecida por el Gobierno británico alrededor del archipiélago.
Más allá de casos puntuales donde grupos empresarios sortearon la restricción cambiando los nombres de las sociedades, la limitación está vigente, pero el proyecto del gobierno de Javier Milei prevé eliminarlo completamente.
SOBERANÍA: ¡AFUERA!
El ‘27 bis’, hasta ahora en vigor, dice: “El Consejo Federal Pesquero otorgará las cuotas de captura asignada, o autorización de captura en el caso que la especie no esté cuotificada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la presente ley, a aquellos titulares que manifiesten mediante declaración jurada ante autoridad de aplicación que:
a) No son armadores ni propietarios de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la presente;
b) Carecen de relación jurídica, económica o de beneficio, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 19.550, con personas físicas o jurídicas propietarias y/o armadoras de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la presente;
c) Carecen de relación jurídica, económica o de beneficio con personas físicas o jurídicas, propietarios y/o armadoras, de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la presente”.
Todas estas restricciones desaparecen de un plumazo con el mega proyecto libertario, y el artículo 27 bis solo dirá: “La pesca de especies no cuotificadas solo necesitaran solicitar una autorización de captura aprobada por Consejo Federal Pesquero”.