Los ricos no piden permiso: la Justicia ordenó que empresario no pague impuesto a las grandes fortunas
Una jueza del fuero contencioso administrativo federal le ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de abstenerse de cobrarle al empresario Alejandro Raúl Scannapieco, el aporte solidario de las grandes fortunas.
El fallo fue firmado el 19 de marzo por la magistrada Cecilia Gilardi Madariaga de Negre quien hizo lugar a la medida cautelar presentada por Scannapieco, ejecutivo de la empresa Globant, quien sostuvo que el aporte es “confiscatorio”.
Scannapieco, es contador público de la UCA y ejecutivo de Globant, uno de los cincos unicornios tecnológico argentino con foco el desarrollo de software a medida. Comenzó su carrera corporativa como auditor, analista de riesgos y especialista financiero, luego se desempeñó como CFO (Director de Finanzas) en diversas empresas y desde 2008 trabaja en Globant, la compañía argentina fundada en 2003 por Martín Migoya, Guibert Englebienne, Martín Umarán y Néstor Nocetti. En 2014 fue parte del grupo de Globant que tocó la campana de Wall Street, en Estados Unidos, que da inicio a las jornadas financieras en la Bolsa de Nueva York.
FHasta el momento, sobre un universo de 13 mil contribuyentes que se encuentran comprendidos en el pago del aporte extraordinario, solo seis personas con patrimonios mayores a 200 millones de pesos presentaron amparos, indicó este martes la agencia Télam.
Entre esos seis, se encuentra Scannapieco, quien logró que la jueza Gilardi Madaiaga de Negre hiciera lugar a su pedido, al menos en el plano cautelar, hasta que se produzca el pronunciamiento sobre la cuestión de fondo.
La magistrada decidió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, consecuentemente, disponer que la parte accionada (la Administración Federal de Ingresos Públicos) se abstenga de aplicarle las disposiciones emergentes de la Ley 27.605 -vigente a partir del 18/12/20-“.
La resolución también establece que la cautelar durará “hasta tanto se cumpla el plazo de 3 meses” y que el empresario deberá abonar una caución real de 100.000 pesos: en ese período la justicia deberá enfocarse en resolver la cuestión de fondo que tiene que ver con la procedencia o no del aporte solidario.
El empresario que obtuvo la cautelar pretende que no se le aplique el aporte solidario y extraordinario sancionado con el objeto de ayudar a morigerar los efectos de la pandemia porque sostiene que le origina una manifiesta absorción de características inéditas y sin precedentes de su renta y patrimonio.
Scannapieco presentó un amparo en la justicia para no pagar el tributo porque, según explicó, afecta su derecho a la propiedad, y que es confiscatorio. La medida cautelar dispuesta por la jueza Gilardi Madariaga de Negri alcanza solo al caso del empresario Scannapieco.