Así lo ordenó el juez Julián Ercolini, junto a un centenar de empresarios mencionados en la causa conocida como la causa de los cuadernos del chofer Oscar Centeno.
Finalmente, este martes el juez federal Julián Ercolini firmó el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner, de la causa que fue tapa y un sinfín de horas de televisión, y denunciaba una supuesta “cartelización” de la obra pública vial, conocida como la “Causa de los cuadernos”. Junto a la vicepresidenta, el fallo sobreseyó, además, a ex funcionarios de su gobierno y un centenar de empresarios mencionados en una parte de la investigación.
En una resolución de 98 carillas a la que este martes tuvo acceso Télam, el juez de primera instancia consideró que “no fue posible a pesar de la profusa investigación llevada a cabo, establecer la responsabilidad de los imputados en los hechos” que se investigaron en esta parte del caso, vinculados a algunos supuestos pagos ilegales mencionados por el financista “arrepentido”, Ernesto Clarens.
Ercolini sobreseyó en esta parte del caso a la Vicepresidenta, al exministro de Planificación Federal Julio De Vido, al exsecretario de Obra Pública José López y a Clarens, además de un centenar de empresarios de la construcción, entre los cuales están Juan Chediak, Aldo Roggio, Eduardo Eurnekian, Cristóbal López y Fabián De Sousa.
Esta investigación se abrió como un derivado de la causa central por los cuadernos del remisero Oscar Centeno, que ya fue enviada a juicio y está en etapa de preparación ante el Tribunal Oral Federal 7.
El TOF7 también prepara para el juicio la otra parte de la causa por “cartelización” de la obra pública en la que sí hay procesamientos confirmados.
“Llegado el momento de resolver en autos, y dado que se ha agotado la etapa investigativa, al menos con relación a los imputados en los hechos desarrollados en este acápite, ante la ausencia de medidas pendientes de producción; es que habré dictar el sobreseimiento”, agregó Ercolini.
En el caso de los empresarios, fueron vinculados “sustancialmente” como “propietarios, autoridades o empleados de determinadas empresas cuyo único lazo con la causa, es su mención en algunos de los listados emitidos por los organismos oficiales (de la DNV o la Secretaría de Energía), mas las empresas no fueron mencionadas en listados, ni anexos; ni por testigos, ni arrepentidos”, puntualizó.
Las nuevas pruebas incorporadas al caso al profundizarse la pesquisa por orden de la Cámara Federal porteña, que había dictado la falta de mérito, “no arrojaron luz respecto a la intervención de los nombrados en los acontecimientos mencionados”.
En la misma resolución, Ercolini procesó al imputado Gustavo Dalla Tea, de la empresa CPC, por presunto “cohecho activo”.