ARA San Juan: Ercolino rechazó la recusación de los familiares
Una vez más, el juez federal involucrado en el escandaloso viaje a Lago Escondido y un fallo que favorece al macrismo.
El juez federal, Julián Ercolini, se ve otra vez metido en el centro de la escena ante una nueva polémica judicial que se llevó a cabo este viernes, tras rechazar el pedido de recusación realizado por los familiares de las víctimas del ARA San Juan, el submarino hundido en 2017 de manera trágica que se llevó la vida de 44 tripulantes.
El pedido de recusación fue a raíz del viaje que entabló junto con sus colegas de la Corte Suprema de Justicia, empresarios, directivos del monopolio multumedia más importante del país y funcionarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hacia la cabaña de Joe Lewis, ubicada en Lago Escondido, localidad perteneciente a Bariloche, con el objetivo de generar causas clandestinas para fomentar la persecución judicial hacia los dirigentes del oficialismo.
El magistrado, en su úlima resolución firmada, aseguró: “Rechazaré la recusación articulada por el presentante, ya que no existe un basamento fáctico ni jurídico que sustente el planteo”. Además, Ercolini rememoró que el abogado Luis Tagliapietra planteó su alejamiento de la causa ARA San Juan por la investigación de tareas de supuesto espionaje ilegal para con los familiares de las víctimas.
La recusación fue basada en argumentos técnicos, de manera equitativa a la realizada por Tagliapietra con el juez de la Cámara Federal de Casación, Carlos Mahiques, quien también rechazó su apartamiento de la causa en la que debe intervenir ante la apelación del desprocesamiento del expresidente de la Nación, Mauricio Macri.
El magistrado, apuntado por los allegados directos a los tripulantes, alegó de la siguiente forma: “Intenta mi apartamiento a partir de la denuncia que dio origen a la causa en trámite ante la Justicia Federal de Bariloche, la que se encuentra en sus albores; más no observo, más allá de meras alegaciones y conjeturas, que mi intervención en las presentes actuaciones les genere un perjuicio concreto”.