La Justicia rechazó el uso indiscriminado de reconocimiento facial impulsado por el gobierno porteño

Deberá quedar supeditado a la constitución y participación de los órganos de control, así como  a la realización de investigaciones y pruebas necesarias sobre el software que se utiliza.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña rechazó este viernes el recurso del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) contra la declaración de inconstitucionalidad de la implementación del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) mediante datos biométricos.

En concreto, la Sala I de la Cámara dispuso que la rehabilitación del funcionamiento del SRFP, “además de quedar supeditada a la constitución y debido funcionamiento de los órganos de control”, también “queda sujeta a la realización de las investigaciones y pruebas necesarias” sobre el software que se utiliza.

En abril de 2022 se había dictado una medida cautelar y luego sentencia de primera instancia a favor de la acción de amparo promovida por el Observatorio de Derecho Informático Argentino (ODIA) a la que luego se sumaron particulares, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y numerosas entidades se presentaron como “amicus curiae” (amigos del tribunal).

Al declarar la inconstitucionalidad del SRFP, la jueza de primera instancia Elena Amanda Liberatori aludió a la participación ciudadana como principio rector reconocido en el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad y que “el artículo 495 bis de la Ley 5.688 creó la Comisión Especial de Seguimiento de los Sistema de Video Vigilancia”.

Entonces, la magistrada remarcó que la puesta en funcionamiento se hizo “sin cumplir con los recaudos legales de protección de los derechos personalísimos de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires”. El CELS indicó que la operación del sistema dio lugar a la “puesta a disposición de la Justicia de 1.648 personas” con “un total de 141 ‘falsos positivos’, es decir, individuos que no tenían orden de captura, pero fueron detenidos arbitrariamente en base a un error de la herramienta tecnológica”

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¿Detenciones por portación de cara?: advierten que el reconocimiento facial en la Ciudad “pone en riesgo derechos”

La Asociación por los Derechos Civiles denunció que el uso atenta contra “la privacidad, la no discriminación, la libertad de expresión, reunión y asociación”. Funciona desde septiembre de 2020.

El Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad (Stjcba) rechazó, por mayoría de sus miembros, la admisibilidad de la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) contra la aplicación del reconocimiento facial en la Ciudad.
 
La asociación expresó su “más profunda preocupación” ante esta decisión judicial y emitió un comunicado  contra la vigencia de la ley que, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, establece el sistema de reconocimiento facial en la vía pública.
 
Allí indicó que la negativa de debatir la legalidad de la medida “pone en riesgo derechos como la privacidad, la no discriminación, la libertad de expresión, reunión y asociación”.
 
El 23 de marzo último, los jueces del Tsjcba, Santiago Otamendi, Inés Weinberg y Marcela De Langhe, impusieron sus votos contra el pedido de la ADC, mientras que Alicia Ruiz y Luis Lozano, en disidencia, se pronunciaron por dar trámite al planteo presentado en 2019, previo al trámite legislativo en esta ciudad.
 
Según consignó Télam, en septiembre de 2020, la Legislatura incorporó el sistema de reconocimiento facial, una tecnología biométrica que permite identificar a las personas mediante los rasgos de su rostro, a la ley de seguridad pública “a pesar de las recomendaciones de la ADC y otras organizaciones de derechos humanos”, sostuvo la entidad.
 
Para la ADC “la tecnología es imprecisa y arroja un alto porcentaje de falsos positivos contra personas de tez no blanca y mujeres”, además de otras comunidades en situación de vulnerabilidad.
 
Por medio de la acción de inconstitucionalidad planteada en 2019, la ADC pretendía que se restrinja por completo el uso del reconocimiento facial, con fines de vigilancia, por parte de las fuerzas de seguridad de la Ciudad, que ya lo implementó en algunas líneas de subterráneos.
 
“A pesar del revés judicial, la ADC seguirá planteando ante el Poder Judicial de la Ciudad aquellos casos concretos donde algún individuo haya visto conculcados sus derechos por ser sometido al reconocimiento facial”, sostuvo el documento.

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