Se trata de Franco Castelli, exintegrante de RevoluciÃģn Federal, la organizaciÃģn acusada de estar vinculada al atentado contra Cristina.
El juez de RÃo Gallegos Claudio VÃĄzquez procesÃģ al exsoldado voluntario Franco Castelli, exintegrante de RevoluciÃģn Federal, la organizaciÃģn acusada de emitir mensajes intimidatorios y de odio y de tratar de imponer ideas por la fuerza, y le prohibiÃģ acercarse a menos de 200 metros al diputado nacional MÃĄximo Kirchner y a cualquier miembro de su entorno familiar.
Asà lo informaron fuentes judiciales, quienes indicaron que el juez federal embargÃģ a Castelli por un millÃģn de pesos, aunque no le impuso la prisiÃģn preventiva.
“Se atribuye a Franco Castelli haber formado parte, al menos desde el mes de agosto hasta septiembre del corriente aÃąo, de la agrupaciÃģn denominada “RevoluciÃģn Federal”, con actividad en la red social Twitter y registrada bajo el usuario @revolucionfed”, escribiÃģ el magistrado.
“Ello en tanto, desde dicho espacio, se planificaron, coordinaron y difundieron mensajes de odio, actos intimidatorios y manifestaciones violentas; valiÃĐndose de las redes sociales y medios masivos de comunicaciÃģn para la convocatoria y la propagaciÃģn de esas intenciones, bajo un esquema diseÃąado para imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor, e incitar pÚblicamente a la violencia colectiva contra integrantes del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo de la NaciÃģn y simpatizantes, entre otros, de la coaliciÃģn polÃtica Frente de Todos”, aÃąadiÃģ.
La causa comenzÃģ el 14 de septiembre pasado, luego de que las autoridades de la Brigada Mecanizada XI del EjÃĐrcito Argentino -con sede en RÃo Gallegos- tomaran conocimiento de que uno de los soldados voluntarios, Castelli, habrÃa participado de “manifestaciones pÚblicas susceptibles de ser consideradas como amenazas, instigaciÃģn a cometer delitos, incitaciÃģn a la violencia y apologÃa del delito en contra de autoridades nacionales”.
SegÚn especificÃģ TÃĐlam, en el expediente se menciona un audio en el que “se advierte un intercambio entre Castelli y el ciudadano Jonathan Morel (organizador del grupo, e investigado por la justicia federal de CABA) en el que este Último le consulta al imputado ‘Âŋpasas todavÃa por la casa de MÃĄximo no? Si porque sos de Santa CruzâĶÂŋCÃģmo no lo mataste boludo?” a lo que el encausado le respondiÃģ “siâĶsi soy de Gallegos estoy acÃĄ'”.
“El encuentro virtual prosigue y entonces Morel lanza una serie de frases con contenido intimidatorio, en estos tÃĐrminos: ‘yo hoy veÃa como Cristina saludaba a la CÃĄmpora y la militancia. LÃĄstima que ya me conocen, porque sino sabes como me infiltro y espero a que baje. Si no me conocieran los nenes de la CÃĄmpora, voy y canto la marcha peronista, y en cuanto puedo, paso a la historia. DespuÃĐs me linchan, pero paso a la historia’. TambiÃĐn, y en relaciÃģn al Presidente Alberto FernÃĄndez, se realizaron manifestaciones del siguiente tenor ‘en algunos aÃąos sÃĐ que me lo voy a cruzar y voy a hacer patria’“, prosigue.
El juez VÃĄzquez sostuvo que “RevoluciÃģn Federal se encontrarÃa inmiscuido en una serie de escraches violentos, daÃąos a bienes del Estado y manifestaciones con consignas violentas, ocurridas entre julio y septiembre del corriente aÃąo; en todos los casos dirigidas contra funcionarios del gobierno nacional”.
“Luego de analizar el plexo probatorio sometido a consideraciÃģn, se entendiÃģ plausible la hipÃģtesis de cargo, tanto en lo que respecta a la materialidad del hecho como a la responsabilidad penal que a Castelli le cabe por su comisiÃģn”, aÃąadiÃģ.
El magistrado aclarÃģ que “no se estÃĄ poniendo bajo consideraciÃģn que estas declaraciones hayan decantado en actos propios de un comienzo de ejecuciÃģn de ilÃcitos de este calibre; mas la sola intervenciÃģn del imputado en una agrupaciÃģn que promueve el odio y el temor basta para configurar el hecho investigado, tal y como se verÃĄ en el apartado pertinente”.
Y seguidamente dijo que “RevoluciÃģn Federal no era simplemente un colectivo de personas molestas con la situaciÃģn polÃtica, econÃģmica y social que atraviesa nuestro paÃs, sino que se tratÃģ de un grupo que progresivamente se fue radicalizando tanto en sus expresiones de odio y agresiÃģn como en las acciones concretas que adoptaron al momento de protestar”.
“No puedo pasar por alto en este sentido que contemporÃĄneamente a estos eventos acaeciÃģ la tentativa de magnicidio perpetrada en contra de la actual vicepresidenta de la NaciÃģn, la Dra. Cristina FernÃĄndez de Kirchner. Mi parecer en este sentido es que, pese a que no mediarÃa una conexiÃģn directa entre los implicados de ambas causas, es innegable que los mensajes violentos de RevoluciÃģn Federal contribuyeron de algÚn modo a propiciar un clima predisponente para que ello ocurra”, aseverÃģ el juez.
Sostuvo entonces que “Castelli, conociendo las inclinaciones del grupo y comulgando con su forma de procedente, participÃģ activamente de su actividad virtual”.
“Me resulta claro -aÃąadiÃģ- que no habrÃa sido la primera vez que interactuÃģ con miembros de RevoluciÃģn Federal. Para ello, me basta con tener en cuenta que en dicha conversaciÃģn Morel le preguntÃģ si todavÃa pasaba por la casa de MÃĄximo Kirchner, lo que me sugiere que el lÃder de la agrupaciÃģn sabÃa de antemano que Castelli era oriundo de RÃo Gallegos y que conocÃa dÃģnde se domiciliaba el diputado, informaciÃģn que necesariamente debiÃģ suministrarle con anterioridad”.
“A la luz de las probanzas colectadas, cabe imputar a Franco Castelli la comisiÃģn del delito previsto y reprimido en el art. 213 bis del CÃģdigo Penal de la NaciÃģn, en calidad de autor (conf. art. 45 de la normativa citada)”, sostuvo.
Ese artÃculo reprime con “reclusiÃģn o prisiÃģn de tres (3) a ocho (8) aÃąos, el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artÃculo 210 de este CÃģdigo, tuvieren por objeto principal o accesorio imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza (…)”.
Tras disponer el embargo de “un millÃģn de pesos ($ 1.000.000)” sobre los bienes de Castelli, el juez VÃĄzquez resolviÃģ ademÃĄs “la prohibiciÃģn de acercamiento y comunicaciÃģn de Franco Castelli respecto del diputado MÃĄximo Kirchner y de cualquier miembro del entorno familiar”.
“El causante no podrÃĄ acercarse a una distancia inferior a 200 metros de donde se encuentren los aludidos, a los fines de resguardar su seguridad personal. Asimismo se le harÃĄ saber que, en caso de incumplir la orden aquà impartida, se procederÃĄ conforme lo estipulado en el art. 239 del CÃģdigo Penal, que castiga con prisiÃģn de 15 dÃas a un aÃąo a quien desobedece una orden de un funcionario pÚblico, en este caso un juez.