La norma, sancionada junto al Presupuesto 2026, comenzÃģ a regir el primer dÃa hÃĄbil de enero y, con la reanudaciÃģn de la actividad judicial en febrero, empezÃģ a mostrar su impacto concreto: expedientes que se caen a un ritmo de entre 15 y 20 por dÃa o incluso mÃĄs segÚn un relevamiento periodÃstico.
La entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal (27.799) desatÃģ una fuerte controversia tras el cierre masivo de causas por evasiÃģn tributaria en los tribunales penales econÃģmicos. La norma, sancionada junto al Presupuesto 2026, comenzÃģ a regir el primer dÃa hÃĄbil de enero y, con la reanudaciÃģn de la actividad judicial en febrero, empezÃģ a mostrar su impacto concreto: expedientes que se caen a un ritmo de entre 15 y 20 por dÃa âo incluso mÃĄsâ segÚn un relevamiento periodÃstico.
El nÚcleo de la polÃĐmica radica en la actualizaciÃģn extraordinaria de los montos mÃnimos para configurar delitos tributarios. La evasiÃģn simple pasÃģ de $1.500.000 a $100.000.000 y la agravada, de $15.000.000 a $1.000.000.000, lo que implica incrementos superiores al 6500%. En el caso de la evasiÃģn a travÃĐs de terceros, el umbral subiÃģ de $2.000.000 a $200.000.000, un alza cercana al 9900%. En tÃĐrminos generales, la ley elevÃģ en torno al 3000% los pisos a partir de los cuales una conducta se considera delito penal.
Como consecuencia, la enorme mayorÃa de las causas en trÃĄmite quedaron fuera del ÃĄmbito penal. SegÚn fuentes judiciales, son muy pocos los expedientes que superan los nuevos montos. El cierre se produce por dos vÃas: pedidos de las defensas para acogerse a la nueva norma o decisiones de los jueces que, aplicando el principio constitucional de la ley penal mÃĄs benigna, extinguen las acciones de oficio. En muchos casos, los fiscales no apelan o retiran la acusaciÃģn.
La Agencia de RecaudaciÃģn y Control Aduanero (ARCA), dirigida por AndrÃĐs VÃĄzquez, respaldÃģ formalmente este criterio. En su primer instructivo de 2026 ordenÃģ la aplicaciÃģn âuniversal e irrestrictaâ del principio de la ley penal mÃĄs benigna y el reconocimiento de los nuevos montos en causas ya iniciadas.
ÂŋUna ley hecha a medida de la delincuencia?
El debate jurÃdico y polÃtico es intenso. Para los crÃticos, la ley funciona como una amnistÃa encubierta que beneficia a evasores y debilita la capacidad del Estado para investigar el origen de los fondos. El tributarista Marcos Sequeira sostuvo que la norma âbeneficia a los grandes evasoresâ y modifica el paradigma histÃģrico del derecho tributario al abandonar la lÃģgica de control sobre la procedencia del patrimonio. SegÚn su interpretaciÃģn, el Estado prioriza que los fondos ingresen al mercado âya sea para consumo o adquisiciÃģn de bienesâ por encima de la verificaciÃģn de su origen.
En la misma lÃnea, el excanciller Jorge Taiana cuestionÃģ duramente la iniciativa y afirmÃģ que la âhipÃģcritamente llamada ley de inocencia fiscalâ podrÃa convertir al paÃs en un paraÃso para el lavado de dinero, en contradicciÃģn con compromisos internacionales asumidos por la Argentina, entre ellos los vinculados al Grupo de AcciÃģn Financiera Internacional (GAFI).
Los defensores de la norma, en cambio, argumentan que el objetivo es concentrar los recursos del sistema penal en los grandes evasores y descomprimir los tribunales, trasladando los casos menores al ÃĄmbito administrativo, donde continuarÃan bajo sanciones y multas.
Mientras tanto, el efecto inmediato es tangible: centenares de expedientes cerrados y un cambio profundo en el alcance del derecho penal tributario, cuya dimensiÃģn institucional y econÃģmica sigue generando fuertes interrogantes.