La norma, sancionada junto al Presupuesto 2026, comenzó a regir el primer día hábil de enero y, con la reanudación de la actividad judicial en febrero, empezó a mostrar su impacto concreto: expedientes que se caen a un ritmo de entre 15 y 20 por día o incluso más según un relevamiento periodístico.
La entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal (27.799) desató una fuerte controversia tras el cierre masivo de causas por evasión tributaria en los tribunales penales económicos. La norma, sancionada junto al Presupuesto 2026, comenzó a regir el primer día hábil de enero y, con la reanudación de la actividad judicial en febrero, empezó a mostrar su impacto concreto: expedientes que se caen a un ritmo de entre 15 y 20 por día —o incluso más— según un relevamiento periodístico.
El núcleo de la polémica radica en la actualización extraordinaria de los montos mínimos para configurar delitos tributarios. La evasión simple pasó de $1.500.000 a $100.000.000 y la agravada, de $15.000.000 a $1.000.000.000, lo que implica incrementos superiores al 6500%. En el caso de la evasión a través de terceros, el umbral subió de $2.000.000 a $200.000.000, un alza cercana al 9900%. En términos generales, la ley elevó en torno al 3000% los pisos a partir de los cuales una conducta se considera delito penal.
Como consecuencia, la enorme mayoría de las causas en trámite quedaron fuera del ámbito penal. Según fuentes judiciales, son muy pocos los expedientes que superan los nuevos montos. El cierre se produce por dos vías: pedidos de las defensas para acogerse a la nueva norma o decisiones de los jueces que, aplicando el principio constitucional de la ley penal más benigna, extinguen las acciones de oficio. En muchos casos, los fiscales no apelan o retiran la acusación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), dirigida por Andrés Vázquez, respaldó formalmente este criterio. En su primer instructivo de 2026 ordenó la aplicación “universal e irrestricta” del principio de la ley penal más benigna y el reconocimiento de los nuevos montos en causas ya iniciadas.
¿Una ley hecha a medida de la delincuencia?
El debate jurídico y político es intenso. Para los críticos, la ley funciona como una amnistía encubierta que beneficia a evasores y debilita la capacidad del Estado para investigar el origen de los fondos. El tributarista Marcos Sequeira sostuvo que la norma “beneficia a los grandes evasores” y modifica el paradigma histórico del derecho tributario al abandonar la lógica de control sobre la procedencia del patrimonio. Según su interpretación, el Estado prioriza que los fondos ingresen al mercado —ya sea para consumo o adquisición de bienes— por encima de la verificación de su origen.
En la misma línea, el excanciller Jorge Taiana cuestionó duramente la iniciativa y afirmó que la “hipócritamente llamada ley de inocencia fiscal” podría convertir al país en un paraíso para el lavado de dinero, en contradicción con compromisos internacionales asumidos por la Argentina, entre ellos los vinculados al Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Los defensores de la norma, en cambio, argumentan que el objetivo es concentrar los recursos del sistema penal en los grandes evasores y descomprimir los tribunales, trasladando los casos menores al ámbito administrativo, donde continuarían bajo sanciones y multas.
Mientras tanto, el efecto inmediato es tangible: centenares de expedientes cerrados y un cambio profundo en el alcance del derecho penal tributario, cuya dimensión institucional y económica sigue generando fuertes interrogantes.