El Gobierno presentÃģ un tercer reclamo ante la OMC por el uso de medidas antidumping por parte de Estados Unidos por productos tubulares hechos en el paÃs.
Argentina ha iniciado una disputa contra Estados Unidos en la OrganizaciÃģn Mundial del Comercio (OMC) en relaciÃģn con los productos tubulares utilizados en la producciÃģn de petrÃģleo, informÃģ el jueves el organismo internacional. Y es que nuestro paÃs presentÃģ una “solicitud de consultas”, que es el primer paso formal en el proceso de soluciÃģn de diferencias de la OMC, en la que se refiere a que Estados Unidos ha utilizado medidas antidumping contra los tubos con costura para la industria petrolera de industria nacional, y pide la revisiÃģn de las mismas.
“Una de las herramientas mÃĄs utilizadas por los paÃses de la OMC para dirimir cuestiones con posibles daÃąos a la industria nacional por la venta de productos del exterior con precios distintos a los de los paÃses en los que se producen, son las medidas antidumping”, seÃąala a Ãmbito el ex secretario de Importaciones de la NaciÃģn, Esteban Marzorati.
El documento que presentÃģ la Argentina detalla las trabas impuestas a las ventas de Siderca, una empresa del Grupo Techint, y, segÚn se supo, se trata de la tercera diferencia de este tipo presentada por Argentina respecto de este mismo tema.
CÃģmo es la medida contra Argentina
SegÚn detalla Marzorati, lo que determinÃģ, en noviembre de 2022, el Departamento de Comercio de Estados Unidos, en este caso, es que los tubos para la industria petrolera fabricados por Siderca en Argentina incurrieron en competencia desleal e incurrieron en prÃĄcticas que implican un daÃąo para la industria del paÃs del norte.
En consecuencia, se dispuso una medida antidumping que establece que los tubos para la industria petrolera provenientes de la Argentina fabricados por Siderca o por cualquier otra empresa tienen que pagar un derecho adicional del 78,3% para entrar a Estados Unidos.
“En lÃnea generales, estas son de las medidas mÃĄs efectivas que existen en el comercio exterior porque el valor que se determina termina resolviendo el problema de precios, que es una diferencia entre el valor al que se venden en el paÃs de destino y aquel que tienen en el de origen los productos”, indica Marzoratti.
CuÃĄl es el reclamo que se le hace a Estados Unidos
Ahora, hay un plazo de negociaciÃģn en el que la Argentina aduce que el proceso de investigaciÃģn que se llevÃģ adelante para aplicar esta medida antidumping no cumple con las normas internacionales de la OMC. Aparentemente, la informaciÃģn utilizada no fue la correcta. Y, ahora, queda por delante un proceso de negociaciÃģn.
Entre otros puntos, el reclamo argentino sostiene que las medidas que aplicÃģ Estados Unidos “parecen anular o menoscabar las ventajas resultantes para la Argentina directa o indirectamente” de varias disposiciones del Acuerdo Antidumping de la OMC y de acuerdos previos relativos al comercio internacional (principalmente, el GATT 1994), que se basan en el principio incondicional de la naciÃģn mÃĄs favorecida.
Asimismo, la Argentina se reserva el derecho de plantear cuestiones fÃĄcticas y jurÃdicas adicionales y de abordar medidas adicionales y alegaciones conexas en relaciÃģn con las cuestiones expuestas supra, en el curso de las consultas y en una eventual solicitud de establecimiento de un grupo especial.
ÂŋReglas antidumping o un recurso para arancelario?
ÂŋQuÃĐ probabilidades hay de que nuestro paÃs tenga razÃģn? SegÚn responde a esta pregunta Marzoratti, “la medida antidumping es, muchas veces, utilizada por los paÃses como medida ‘para-arancelaria’ en la prÃĄctica porque, a veces, los productores locales no tienen posibilidad de competir con los productos del exterior”, dado los bajos precios que manejan, incluso, aunque no estÃĐn violando las normas de antidumping.
De este modo, es probable que, en este caso particular, pueda haber una intenciÃģn de proteger, quizÃĄs sin que Argentina estÃĐ violando las normas antidumping en la realidad, a los locales. Pero habrÃĄ que esperar la respuesta de Estados Unidos para ver cÃģmo sigue este tema y quÃĐ define al respecto la OMC.
Fuente: Ãmbito