Privilegios sin escala
Según informó Horacio Verbitsky en un su columna del Página12, el 9 de julio el Gerente de Aeropuertos de Aerolíneas Argentinas, Ricardo Lehmacher, envió por correo electrónico una circular a todos los jefes de Escala de la compañía aérea estatal comunicando el privilegio concedido. Su texto, que se publica en facsímil dice que los ministros de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, y Fernando Rosenkrantz “tendrán derecho a upgrade a clase ejecutiva sujeto a espacio en los vuelos de nuestra empresa”.
Esto significa que los cinco jueces podrán comprar pasajes en clase turista y en cualquier lugar del mundo pasar a la clase ejecutiva sin abonar la diferencia, siempre que en ese vuelo haya asientos desocupados. Como la resolución no especifica la razón por la que se concede el beneficio ni el carácter de los viajes cubiertos, se aplicará no sólo a los de carácter oficial sino también a aquellos que forman parte de la vida privada de los jueces, es decir un fuero personal prohibido en forma explícita por el artículo 16 de la Constitución Nacional.
Al cotejar los viajes realizados desde 2011 por el presidente del máximo cuerpo judicial junto a su reciente esposa se advierte que se podría haber ahorrado 732 mil pesos; mientras que de computarse el asiento de su pareja el monto ronda el millón y medio de pesos según se especifica en la versión dominical del diario.
La concesión al Poder Judicial ocurre en el contexto donde La Corte se encuentra en el centro de la escena ya que debe resolver el fondo de la cuestión en lo que atañe a los aumentos desmedidos en las factura de gas.
En este sentido, ante el pedido de per saltum del gobierno nacional, pospuso su respuesta hasta tanto se cumpla con el pedido de informes para conocer si se tuvieron en cuenta los "principios de gradualidad y progresividad" en la modificación del cuadro tarifario.
A su vez también solicitó a Enargas que se detallen los “parámetros tenidos en cuenta para alterar el alcance de la tarifa social y si la aplicación de la nueva normativa implica modificar la cantidad de beneficiarios de dicha tarifa”.