IndemnizarÃĄn a quienes sufrieron efectos adversos por la vacunaciÃģn
El Gobierno estableciÃģ âel procedimiento para la tramitaciÃģn de reclamos indemnizatoriosâ para aquellas personas que hayan sufrido âeventos adversosâ.
El Gobierno estableciÃģ âel procedimiento para la tramitaciÃģn de reclamos indemnizatoriosâ para aquellas personas que hayan sufrido âeventos adversosâ tras aplicarse la vacuna contra el coronavirus, en el marco del Plan EstratÃĐgico para la VacunaciÃģn contra el Covid-19.
Lo hizo a travÃĐs de la ResoluciÃģn conjunta 7/2022, que lleva las firmas de la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y el superintendente de Riesgos del Trabajo, Enrique Alberto Cossio.
SegÚn se explicÃģ, âla tramitaciÃģn del reclamo indemnizatorio ante las Comisiones MÃĐdicas Jurisdiccionales, prevista en el artÃculo 8° de la Ley N° 27.573, requerirÃĄ que el evento adverso haya sido previamente notificado a travÃĐs del Sistema Integrado de InformaciÃģn Sanitaria Argentino (SISA) por el personal de salud que asista al presunto damnificado o la presunta damnificada, o que tome conocimiento del eventoâ.
TambiÃĐn se especificÃģ que âtodos los estudios que demande el trÃĄmite deberÃĄn ser aportados en forma digital en el expediente administrativo a travÃĐs de la Plataforma de TrÃĄmites a Distancia (TAD), dentro del plazo que establezca la notificaciÃģn que lo requiera, segÚn las circunstancias del casoâ.
Asimismo, se aclarÃģ, en este caso, que âla realizaciÃģn de los mismos, como su aporte, estarÃĄ a cargo de la persona que pretenda el reconocimiento resarcitorioâ. En tanto, agregaron: âLa Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.), con la conformidad del Ministerio de Salud, podrÃĄ adaptar o complementar el mencionado instrumento para la evaluaciÃģn de universos etarios no previstos, incluyendo el rango pediÃĄtricoâ.
Las autoridades destacaron que el fondo de reparaciÃģn es un instrumento que se utiliza en diversos paÃses y fue establecido en el marco del mecanismo COVAX, el plan de la ONU que ya repartiÃģ mÃĄs de 1.000 millones de vacunas contra el coronavirus en paÃses de bajos y medianos ingresos.
El cÃĄlculo de la suma a pagar en las indemnizaciones va a estar a cargo de la SecretarÃa de GestiÃģn Administrativa del Ministerio de Salud. En el caso de muerte o incapacidad fÃsica total y permanente de la persona damnificada la suma serÃĄ de 240 jubilaciones mÃnimas.
âLas indemnizaciones correspondientes a daÃąos que no causen incapacidad fÃsica total o permanente se deberÃĄn valuar en forma directamente proporcional a esta suma de acuerdo con el porcentaje de incapacidad que determinen las comisiones mÃĐdicasâ, aclararon desde la cartera sanitaria.
La persona presuntamente damnificada âdeberÃĄ presentar su solicitud ante las Comisiones MÃĐdicas dependientes de la S.R.T., mediante la Plataforma de TrÃĄmites a Distancia (TAD), acompaÃąando certificado expedido por un profesional mÃĐdico que especifique el diagnÃģstico del evento adverso, y el anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad y certificado de vacunaciÃģn covid-19.
SegÚn se aclarÃģ, âen el supuesto que el reclamo sea presentado por un tercero, deberÃĄ acreditar su carÃĄcter de representante en los tÃĐrminos del artÃculo 101 del CÃģdigo Civil y Comercial de la NaciÃģn y, en el caso del fallecimiento de la persona presuntamente damnificada, su legitimaciÃģn en los tÃĐrminos del artÃculo 8°, tercer pÃĄrrafo, de la Ley N° 27.573â.
âSi no se verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en este apartado, las Comisiones MÃĐdicas procederÃĄn al rechazo de la solicitud y a su notificaciÃģn a la o el presentanteâ, precisaron. En cambio, si se constata su cumplimiento, la Gerencia de AdministraciÃģn de Comisiones MÃĐdicas remitirÃĄ las actuaciones a la DirecciÃģn de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles (DiCEI) del Ministerio de Salud.
En el tercer paso, ese organismo verificarÃĄ si el ESAVI se encuentra notificado en el Sistema Integrado de InformaciÃģn Sanitaria Argentino (SISA). En caso afirmativo, la DiCEI solicitarÃĄ a la ComisiÃģn Nacional de Seguridad en Vacunas (CONASEVA) se expida sobre la relaciÃģn causal entre el evento denunciado y la vacuna.
En el siguiente punto, âla CONASEVA, de conformidad con la evidencia cientÃfica disponible, procederÃĄ al anÃĄlisis de la relaciÃģn de causalidad del ESAVI con la vacuna en base a los criterios diagnÃģsticos, de temporalidad y de exclusiÃģn de causas alternativasâ y podrÃĄ ârequerir a la o el solicitante los estudios mÃĐdicos que estime pertinentesâ.
âFinalizada la investigaciÃģn, la ComisiÃģn emitirÃĄ un informe vinculante sobre la relaciÃģn causal entre el evento denunciado y la vacunaâ, se aclarÃģ.
En el penÚltimo paso, âen el caso que el informe concluya que existe evidencia de causalidad entre el ESAVI y la vacuna, la ComisiÃģn MÃĐdica actuante cuantificarÃĄ el porcentaje de incapacidad de la damnificada o del damnificado y notificarÃĄ su decisiÃģn a la o el solicitanteâ.
Por Último, la SecretarÃa de GestiÃģn Administrativa del Ministerio de Salud âprocederÃĄ al cÃĄlculo de la suma a pagar en concepto de indemnizaciÃģn considerando el porcentaje de incapacidad fijado por la ComisiÃģn MÃĐdica y lo dispuesto por el artÃculo 8° de la Ley N° 27.573 y notificarÃĄ a la beneficiaria o al beneficiario la disponibilidad del pagoâ.










