Tarifas: distribuidoras de gas le piden al Gobierno un aumento mínimo de 350% para febrero

Con el descongelamiento de las tarifas, la compaÃąÃ­as piden un incremento en las boletas que llegaría al menos a un 350% en el territorio del AMBA y serían aÚn mayores en el resto del país donde piden un aumento de hasta el 700%.

Las empresas distribuidoras de gas -entre las que se encuentran Metrogas, Naturgy, Camuzzi, TGN y TGS- pidieron actualizaciones de tarifas para febrero de al menos el 350% en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y cifras mayores en el resto del país.

Los informes fueron presentados ante Enargas y serÃĄn parte de la audiencia pÚblica que tendrÃĄ lugar el 8 de enero, donde se determinarÃĄ cÃģmo serÃĄ el descongelamiento en las boletas. Las empresas realizaron sus estimaciones teniendo en cuenta el valor del gas, el transporte a los centros de consumo, la distribuciÃģn entre los hogares y los impuestos, y plantearon cuÃĄl es el panorama para cada una.

Para Metrogas, que opera en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), el aumento debería ser superior al 375%. Por su parte, Naturgy, que distribuye en la Provincia de Buenos Aires, solicitÃģ a Enargas un incremento del 437%.

Naturgy ademÃĄs planteÃģ a esa entidad que se necesitarÃĄ un mecanismo automÃĄtico de actualizaciÃģn que identificaron en el IPIM, es decir el índice de inflaciÃģn mayorista que publica mensualmente el Indec. “Resulta necesario que la Autoridad Regulatoria defina un mecanismo que permita mantener la tarifa que se otorgue en tÃĐrminos reales para que acompaÃąe el crecimiento de los costos mensualmente en esta coyuntura de alta inflaciÃģn”, argumentaron.

Camuzzi Gas Pampeana pidiÃģ un 421% de aumento en la tarifa de distribuciÃģn; Camuzzi Gas del Sur, un 543%; Gasnor asegurÃģ que sus tarifas de distribuciÃģn estÃĄn atrasadas para los usuarios residenciales entre 438% y 704%; Ecogas (CÃģrdoba, La Rioja, Catamarca) estimÃģ un promedio de 126% de impacto en las tarifas; Redengas (Entre Ríos), solicitÃģ desde marzo un incremento promedio de 481%; Transportadora Gas del Sur (TGS) calculÃģ que hace falta una recomposiciÃģn mayor, de 567%; y TGN lo hizo en 573%.

“Las opiniones no obligan al Enargas a adoptar una decisiÃģn sobre ellas en el mismo acto de la Audiencia. Tal como expuso la Corte Suprema de Justicia de la NaciÃģn, si bien constituyen un ÃĄmbito de participaciÃģn ciudadana en la toma de decisiones no constituyen la propia decisiÃģn, que se mantiene inalterada en manos de la autoridad pÚblica”, explica un documento de la entidad y es que la Secretaría de Energía que tiene la Úlltima palabra. 

El Enargas tiene como obligaciÃģn fundamentar adecuadamente en la decisiÃģn final cuÃĄles argumentos han sido receptados y cuÃĄles han sido desestimados

Fuente: Política Argentina.

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El Mega DNU de Milei sumÃģ ocho amparos en contra

El fuero en lo Contencioso Administrativo Federal ya recibiÃģ ocho amparos judiciales contra el polÃĐmico Decreto de Necesidad y Urgencia de desregulaciÃģn de la economía impulsado por el presidente.

El fuero en lo Contencioso Administrativo Federal ya recibiÃģ ocho amparos judiciales contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulaciÃģn de la economía impulsado por el presidente Javier Milei, con pedidos de suspensiÃģn hasta que se dicte sentencia de fondo en relaciÃģn a planteos de presunta inconstitucionalidad de la norma.

Uno de los amparos dados a conocer este martes fue el de Jorge Rizzoexpresidente del Colegio PÚblico de Abogados de la Capital Federal, quien calificÃģ al documento como “inconstitucional” y resaltÃģ la importancia de “no innovar”, una medida que impediría que le decreto sea aplicable hasta una resoluciÃģn de la Justicia.

“El DNU es inconstitucional, nulo e inaplicable. Se juega la continuidad del Poder Legislativo dentro de la divisiÃģn de poderes. No me meto en el fondo. Algunas cosas que estÃĄn ahí las comparto como la derogaciÃģn de la ley de alquileres, que pelee para que no saliera, pero no comparto el mecanismo”, dijo en declaraciones a la prensa.

DNU de Milei: exigen una medida de “no innovar”

Otra de ellas fue la radicada por AndrÃĐs Gil Domínguez, quien presentÃģ una “acciÃģn declarativa de inconstitucionalidad” contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2’023, publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre Último con un pedido de medida cautelar para suspender sus efectos hasta el dictado de sentencia definitiva.

“Vengo a solicitar en los tÃĐrminos previstos por el artículo 195 y siguientes del CÃģdigo Procesal Civil y Comercial y los artículos 13 y 15 de ley 26.854 el dictado de una medida cautelar de no innovar mediante la cual se suspendan los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia Nš 70/2023 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa”, reclamÃģ Gil Domínguez.

El primer amparo, en tanto, fue el radicado la semana pasada por la “AsociaciÃģn Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad”. En la denuncia, el juez Esteban Furnari reconociÃģ a la acciÃģn como un amparo. AdemÃĄs, tambiÃĐn ingresÃģ una acciÃģn de amparo de la “AsociaciÃģn Civil por un Hogar en Argentina”.

AndrÃĐs Gil Domínguez solicitÃģ la inconstitucionalidad del DNU de Javier Milei.
AndrÃĐs Gil Domínguez solicitÃģ la inconstitucionalidad del DNU de Javier Milei. TÃĐlam

ATE denunciarÃĄ penalmente a Javier Milei y a otros funcionarios por el DNU

Rodolfo Aguiar, Secretario General de la AsociaciÃģn de Trabajadores del Estado (ATE) confirmÃģ que denunciarÃĄ penalmente al presidente Javier Milei por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que impulsa el Gobierno.

“Desde ATE hemos decidido denunciar penalmente al Presidente Milei y a todos los involucrados en el DNU”, publicÃģ el sindicalista en su cuenta de la red social X.

El anuncio llega despuÃĐs de que Aguier ratificara que esa organizaciÃģn gremial se movilizarÃĄ maÃąana en el marco de una nueva Jornada Nacional de Lucha, para repudiar la disposiciÃģn oficial de “despedir a 7.000 trabajadores de la AdministraciÃģn PÚblica Nacional“.

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Kicillof analiza la creaciÃģn de dos empresas para integrar el sistema de salud

El Gobernador buscarÃĄ aprobar el jueves en la Legislatura un proyecto para crear la “Empresa bonaerense de emergencias en salud” y el “Centro de Industria FarmacÃĐutica Bonaerense”.

El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, buscarÃĄ aprobar el jueves en la Legislatura bonaerense un proyecto para crear la “Empresa bonaerense de emergencias en salud” y el “Centro de Industria FarmacÃĐutica Bonaerense”, dos sociedades anÃģnimas con participaciÃģn estatal mayoritaria que tienen como objetivo profundizar la integraciÃģn del sistema de salud.

Las iniciativas fueron incluidas dentro de un proyecto enviado el viernes pasado por el Poder Ejecutivo a las cÃĄmaras en el que ademÃĄs se busca prorrogar el estado de emergencia vigente en diversas ÃĄreas como seguridad, salud y educaciÃģn, y se solicita autorizaciÃģn de endeudamiento por el equivalente en pesos de US$ 1.800 millones para hacer frente a los servicios de deuda del aÃąo prÃģximo.

SegÚn explicÃģ en declaraciones formuladas a TÃĐlam el ministro de Salud, NicolÃĄs Kreplak, se trata de “herramientas claves para profundizar la integraciÃģn del sistema de salud”.

Kreplak detallÃģ que se proyecta que “ambas iniciativas se constituyan bajo el modelo de Sociedad AnÃģnima con participaciÃģn estatal mayoritaria, lo que quiere decir que la provincia tendrÃĄ su control”.

DescribiÃģ que “la Empresa bonaerense de emergencias en salud busca mejorar el sistema de emergencia de toda la provincia mejorando los estÃĄndares de calidad y el financiamiento”.

“Sabemos que son grandes problemas que cada distrito y cada localidad tiene. Tenemos el proyecto y sabemos cÃģmo hacer para contribuir a esa soluciÃģn. Esperemos que nuestros legisladores y legisladoras las puedan convertir en ley para inmediatamente trabajar para concretarlas”, cerrÃģ.

En las propuestas, a las que tuvo acceso TÃĐlam, se precisa que el “Centro de Industria FarmacÃĐutica Bonaerense”, en jurisdicciÃģn del Ministerio de Salud, tendrÃĄ por objeto “realizar la investigaciÃģn, el desarrollo, la producciÃģn, el fasoneo, el fraccionamiento, la transformaciÃģn, la terminaciÃģn, la importaciÃģn y/o la exportaciÃģn, la compra, la venta y la distribuciÃģn por mayor y/o menor así como el control de calidad de todo tipo de medicamentos, vacunas, insumos, productos mÃĐdicos, equipamientos, ingredientes farmacÃĐuticos activos, estÃĄndares primarios y secundarios para control de calidad de la producciÃģn, insumos mÃĐdicos odontolÃģgicos, productos sanitarios y cualquier otro insumo necesario para la salud”.

TambiÃĐn, se dedicarÃĄ “al control de calidad fisicoquímico y microbiolÃģgico de alimentos y agua, la explotaciÃģn de patentes de invenciÃģn, licencias, fÃģrmulas y marcas nacionales o extranjeras, actividades de representaciÃģn, mandato, comisiÃģn y consignaciÃģn, la importaciÃģn y exportaciÃģn, así como toda otra actividad tendiente a fortalecer el desarrollo tecnolÃģgico, científico, productivo, de innovaciÃģn de la propia sociedad, así como del sector pÚblico y privado de la provincia de Buenos Aires”.

En la propuesta enviada a la Legislatura se pretende crear la “empresa bonaerense de emergencias en Salud”, en jurisdicciÃģn del Ministerio de Salud, con el objeto de “prestar el servicio de emergencias en salud que comprenderÃĄ la asistencia sanitaria ante urgencias o emergencias”.

En paralelo, se ocuparÃĄ de la logística y transporte de usuarios y usuarias del sistema de salud, ya sea traslados pre hospitalarios o bien traslados y derivaciones inter hospitalarios, la logística y transporte de insumos críticos del sistema de salud y residuos patogÃĐnicos de establecimientos de salud, y el manejo de un sistema integral de emergencias en salud”.

En la norma enviada a la Legislatura se aclarÃģ que “el Poder Ejecutivo dictarÃĄ los estatutos societarios de las sociedades creadas con el fin de optimizar el cumplimiento del objeto social” y se indicÃģ que “a tales fines podrÃĄ autorizarlas a emitir, en el país o en el extranjero, debentures, obligaciones negociables y otros títulos de deudas en cualquier moneda con o sin garantía real, especial o flotante, convertibles o no, para el cumplimiento de su objeto social”

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Se registrÃģ una fuerte caída en las ventas de juguetes para las fiestas navideÃąas

Las promociones bancarias y la “noche del Juguete” evitaron una caída mayor.

Las ventas de juguetes para navidad cayeron un 6 por ciento segÚn la CÃĄmara Argentina del sector, aunque las compras de Último momento atenuaron el impacto de la restricciÃģn presupuestaria que afrontan las familias, ya que hasta fines de la semana pasada la caída era del 10%.

La CÃĄmara Argentina del Juguete informÃģ que 7 de cada 10 regalos de PapÃĄ Noel son juguetes y en este aÃąo, “con restricciones presupuestarias en las familias, se decidiÃģ privilegiar a los niÃąos y niÃąas, reduciendo otros gastos de la nochebuena”. SegÚn el informe esto se debe a que los juguetes aumentaron menos que otros productos.

AÚn así hubo caída, que se atenuÃģ en los Últimos tres días producto de llamadas “compras de Último momento” y de las promociones bancarias. ​​​” A partir del jueves, con la Noche de las Jugueterías se empezÃģ a verificar una mayor afluencia de consumidores a los comercios de barrio y cadenas de jugueterías”, informÃģ la CÃĄmara.

Los artículos mÃĄs econÃģmicos son los que se vendieron en mayor volumen y en base a observaciones del comportamiento del consumidor en locales, ​​se compraron artículos para que sean compartidos entre hermanos como los arcos y pelotas de fÚtbol o juegos de mesa.

“Salvo los productos de aire libre como pelotas, inflables, globos de agua, lanza aguas, andadores, juegos para la arena y didÃĄcticos para primera infancia, todas las categorías han presentado retrocesos”, indicÃģ la CÃĄmara.

El ticket promedio en jugueterías de barrio fue de $7000 por juguete, mientras que en cadenas de jugueterías, ascendiÃģ a $18000.

En la actualidad, no hay un juguete que se destaque sino que son muchos tipos de categorías que se demandan. Esto es bueno para el gremio ya que permite una venta mÃĄs homogÃĐnea y no se concentran los pedidos en uno o dos productos Únicamente. Existe mucha competencia hacia el interior del sector.

Los principales artículos con licencia de una compaÃąÃ­a internacional son los de “Avengers”, “Peppa Pig”, “Merlina”, “La Granja de ZenÃģn”, “Sofía” y los de siempre como “Princesas”, “Frozen” y “Mickey Mouse”.

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Ajuste feroz: el Gobierno despidiÃģ a 7000 empleados pÚblicos

La decisiÃģn se informÃģ por el Boletín Oficial. TambiÃĐn se revisarÃĄ la situaciÃģn de los trabajadores que estÃĄn desde antes y se buscarÃĄ el congelamiento de los sueldos de los empleados pÚblicos.

En el marco de su plan de ajuste y achicamiento del Estado, el presidente Javier Milei firmÃģ otro Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que, en este caso, ordenarÃĄ no renovar los contratos de aquellos empleados pÚblicos que hayan ingresado a partir de enero de este aÃąo y revisar la situaciÃģn de todos aquellos que estÃĐn desde antes de esa fecha.

El Poder Ejecutivo estableciÃģ estas medidas por medio de los decretos 84/2023 y 77/2023, publicados en la ediciÃģn de este martes del Boletín Oficial con las firmas del presidente, Javier Milei, y del jefe de Gabinete, NicolÃĄs Posse.

La primera norma, referida a las contrataciones de personal, sostiene en su primer artículo que las contrataciones del personal para la prestaciÃģn de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley Marco de RegulaciÃģn de Empleo PÚblico Nacional, del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de toda otra modalidad de contrataciÃģn que concluya al 31 de diciembre de 2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023 en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156, no serÃĄn renovadas.

En este punto, se exceptÚan las derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales; el personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contrataciÃģn; y el personal que el titular de cada jurisdicciÃģn evalÚe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicciÃģn, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento.

En tanto, las contrataciones efectuadas en el marco del artículo 9° del Anexo de la Ley 25.164 (que regula el Empleo PÚblico) y del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017, cuya fecha de ingreso a la administraciÃģn sea previa al 1° de enero de 2023, no podrÃĄn ser renovadas por un periodo mayor de 90 días corridos.

AdemÃĄs, se solicita a las autoridades de cada ÃĄrea un relevamiento exhaustivo del personal contratado cuya fecha de ingreso a la AdministraciÃģn sea previa al 1° de enero de 2023 y, en el caso de que decidan renovar dichos contratos, deberÃĄn fundar la decisiÃģn demostrando la necesidad de continuar con la contrataciÃģn.

Al mismo tiempo, se instruye a los titulares de las jurisdicciones a que informen a la Jefatura de Gabinete sobre la implementaciÃģn de estas medidas.

El Decreto 1109/17 establece el rÃĐgimen de contrataciÃģn de personas humanas, para la prestaciÃģn de servicios profesionales autÃģnomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales y establece que dichos contratos no podrÃĄn superar los 12 meses, siempre que no exceda el período presupuestario en curso.

ADEMÁS: Por la inflaciÃģn, el Banco Central evalÚa emitir billetes de $20.000 y $50.000
En los considerandos del Decreto 84 se recuerda, por otra parte, la modificaciÃģn de la Ley de Ministerios que obliga a revisar todas aquellas contrataciones y la presente medida se condice con aquellos objetivos y a los fines de lograr un mejor funcionamiento de la AdministraciÃģn PÚblica, argumenta la norma.

En tanto, el Decreto 77 prorroga la vigencia del Decreto 426/22 hasta el 31 de marzo de 2024, por el cual se establecieron restricciones a las designaciones de personal en las Jurisdicciones y Entidades del Sector PÚblico Nacional.

Las restricciones son las comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 de AdministraciÃģn Financiera y de los Sistemas de Control del Sector PÚblico Nacional y dicha norma tenía vigencia hasta el 31 de diciembre prÃģximo.

El artículo 8š de esa norma establece que las disposiciones de esta Ley serÃĄn de aplicaciÃģn en todo el Sector PÚblico Nacional, el que a tal efecto estÃĄ integrado por la AdministraciÃģn Nacional, conformada por la AdministraciÃģn Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos Últimos a las Instituciones de Seguridad Social.

TambiÃĐn se incluyen a las Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades AnÃģnimas con ParticipaciÃģn Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participaciÃģn mayoritaria en el capital o en la formaciÃģn de las decisiones societarias.

AdemÃĄs se incluye a Entes PÚblicos excluidos expresamente de la AdministraciÃģn Nacional, que abarca a cualquier organizaciÃģn estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formaciÃģn de las decisiones, incluyendo aquellas entidades pÚblicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.

TambiÃĐn estÃĄn comprendidos en la norma los Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional.

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DiseÃąo sin título - 1

“La mayoría de los clubes prohiben las sociedades anÃģnimas en su estatuto”

Milei quiere meter a empresarios amigos en los clubes.

El Subsecretario de Deportes del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Leandro Lurati, se refiriÃģ al mega DNU antidemocrÃĄtico de Javier Milei que incluye la posibilidad de que los clubes sean sociedades anÃģnimas. “Uno se pregunta la necesidad y la urgencia de modificar el modelo de negocios de la recreaciÃģn o el deporte”, asegurÃģ el funcionario bonaerense.

“Se estÃĄ poniendo en cuestiÃģn una forma de cuestionar la cosa pÚblica, y tratan de condicionar a la AFA”, asegurÃģ Lurati.

“En la estrategia del DNU hay una intenciÃģn de transformar la sociedad, no hay antecedentes de una iniciativa así y no es el espíritu de los clubes”, agregÃģ el funcionario.

En ese sentido, recordÃģ que “la mayoría de los clubes prohiben las sociedades anÃģnimas en su estatuto”.

https://twitter.com/PERIODlSTAPERON/status/1738932628370141281

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El DNU de Milei tambiÃĐn elimina la doble indemnizaciÃģn para despidos por embarazo

El decretazo 70/2023 de Javier Milei suprime el “despido por causa de embarazo”, el cual implicaba una “indemnizaciÃģn duplicada” para las personas gestantes despedidas durante este período.

En el decreto denominado “bases para la reconstrucciÃģn de la economía argentina” elaborado por el gobierno de Javier Milei, se elimina el “despido por causa de embarazo”, el cual implicaba una “indemnizaciÃģn duplicada” para las personas gestantes cesanteadas durante este período, mientras brinda la posibilidad de trabajar como mÃĄximo hasta diez días antes de la fecha en la que estÃĐ previsto el parto.

El DNU 70/2023 contempla 366 artículos que implican una profunda desregulaciÃģn de la economía, proponen un “plan de estabilizaciÃģn de shock” y deroga o modifica mÚltiples leyes y normativas.

Cambios en la Ley N° 20.744

Entre sus medidas, el artículo 78 busca sustituir al 177 de la Ley N° 20.744 de Contratos de trabajo para modificar las condiciones de la licencia de personas gestantes, aunque el artículo que contempla esta informaciÃģn en la normativa original es el 193 y no el 177.

En primer lugar, el nuevo artículo elimina de su título la línea “Despido por causa del embarazo” y no incorpora el Último pÃĄrrafo del anterior, en el que se aseguraba el derecho a percibir una “indemnizaciÃģn duplicada” en caso de despidos durante el periodo determinado por la norma.

“La mujer que fuere despedida durante los plazos previstos en este artículo tendrÃĄ derecho a percibir una indemnizaciÃģn duplicada a la prevista en el artículo 198 de esta ley. Se presume, en tales casos, que el despido obedece al estado de embarazo de la trabajadora, sin admitirse prueba en contrario”, dice el artículo 193 de la normativa que no aparece en la nueva versiÃģn.

Por otra parte, se mantiene la prohibiciÃģn de trabajar durante los 45 días anteriores al parto y hasta 45 despuÃĐs del mismo.

Sin embargo, las personas interesadas podrÃĄn reducir la licencia previa al parto a una cantidad no inferior a diez días y el resto se podrÃĄ acumular en el período posterior de descanso; a diferencia del anterior artículo en el que se podía reducir el período anterior hasta un mínimo de 30 días.

Fuente: Data Gremial

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Militando el ajuste: Barra asegurÃģ que los amparos contra el DNU “serÃĄn derrotados”

El Procurador del Tesoro se mostrÃģ optimista del avance en la Justicia y el Congreso del decreto alentado por el Poder Ejecutivo.

El Procurador del Tesoro de la NaciÃģn, Rodolfo Barra, afirmÃģ este lunes que “no hay vuelta atrÃĄs” para el decreto de desregulaciÃģn de la economía; considerÃģ que “van a ser derrotados los amparistas” contra la medida por la “jurisprudencia” de la Corte Suprema y planteÃģ que “los legisladores pueden dividirlo en 10 distintas leyes con un contenido ‘espejo’ o mÃĄs o menos modificado”.

A la vez, recordÃģ que “valen” los contratos que fueron firmados antes de la derogaciÃģn de la Ley de Alquileres que dispone el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno nacional.

“Yo creo que van a ser derrotados los amparistas, no tienen razÃģn. Por la propia jurisprudencia de la Corte”, dijo el jefe de los abogados del Estado en diÃĄlogo con radio Rivadavia.

El funcionario, quien indicÃģ que “hay tres” amparos y que “puede haber mÃĄs”, cuestionÃģ estas acciones y argumentÃģ que “el país estÃĄ en una situaciÃģn terrible” y se “necesitan medidas de urgencia”.

“Si la impugnaciÃģn al decreto es que no hay necesidad de urgencia, yo creo que eso se pierde. Por lo que ya ha dicho la Corte y por lo que es de sentido comÚn”, seÃąalÃģ el exintegrante del mÃĄximo tribunal del país, exministro de Justicia del Gobierno de Carlos Menem y exauditor General de la NaciÃģn.

En ese sentido, Barra indicÃģ que “no hay vuelta atrÃĄs” al DNU anunciado la semana pasada por el presidente Javier Milei, y “en especial cuando hablamos de esto en Navidad, una fecha de esperanza”.

En relaciÃģn al pedido de un sector de la oposiciÃģn de dividir el decreto en leyes para que sea tratado por el Congreso, el Procurador del Tesoro seÃąalÃģ que los legisladores “ya lo tienen allí y lo pueden hacer”.

“Si quieren, los legisladores pueden dividirlo en 10 distintas leyes aprobando lo que estÃĄ o con un contenido ‘espejo’, o mÃĄs o menos modificado”, explicÃģ.

Al ser consultado sobre la vigencia de los contratos firmados con la Ley de Alquileres, Barra sostuvo que “en principio, ese contrato vale”.

“Sí, el contrato sí, pero siempre que no se oponga al cambio de rÃĐgimen. Dice el CÃģdigo Civil que no se puede invocar derechos adquiridos frente a normas de orden pÚblico”, agregÃģ.

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Senadores de JxC apoyan el ajuste de Milei pero no quieren bajarse sus sueldos

Senadores de Juntos por el Cambio defendieron los abultados ingresos de los representantes legislativos al considerar que el problema del país “no estÃĄ en los sueldos” de los integrantes de las cÃĄmaras.

SegÚn consigna un cable de la Agencia de Noticias TÃĐlam, â€œel senador del PRO Luis Juez, en declaraciones a Radio Rivadavia, dijo que el problema de la Argentina no estÃĄ en los sueldos de un diputado”.

“Hay que dar el ejemplo, pero hay que reconfigurar el concepto de la casta. El problema de la Argentina no estÃĄ en los sueldos de un diputado. Durante la pandemia donÃĐ el 35% de mi salario durante un aÃąo. Ahí no estÃĄ el problema. Es fÃĄcil apuntar el fusil por ahí porque no te va a defender nadie”, sostuvo el cordobÃĐs este domingo.

Por su parte, la senadora radical por Santa Fe, Carolina Losada, expresÃģ que “hablar de nÚmeros en Argentina donde un jubilado gana lo que gana no estÃĄ bueno, pero yo gano muchísimo menos de lo que ganaba cuando era periodista”.

En declaraciones a Neura, Losada defendiÃģ la dieta de los representantes legislativos y enfatizÃģ que si los dirigentes no reciben sueldos, “los Únicos” que podrían ser políticos serían los “millonarios”.

“Lo que estÃĄ mal en la política y lo que hay que recortar no son los sueldos, porque si no los Únicos que pueden ser políticos van a ser aquellos que son millonarios o que se dedican a otra cosa al mismo tiempo”, indicÃģ Losada.

Y agregÃģ que “lo que estÃĄ mal y lo que hay que recortar, que para mí sí es un ajuste importante, es el tema de los Ãąoquis y los excesos”.

Cada uno cuida de su ranchito de poder, pero se les nota demasiado, que cada vez se alejan mÃĄs y mÃĄs del pueblo.

Fuente: con informaciÃģn de TÃĐlam

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“Gracias por el sacrificio”: por el ajuste en la obra pÚblica quedarían sin empleo 1,5 millones de personas

Ajuste brutal de Milei.

“Resulta imposible prescindir de la obra pÚblica”, asegurÃģ el empresario Gerardo Antonio FernÃĄndez, presidente de la ConfederaciÃģn de Pymes Constructoras de la RepÚblica Argentina (CPC). “Entres puestos directos e indirectos, se quedarÃĄn sin empleo 1,5 millones de trabajadores”, reseÃąÃģ.

SegÚn una entrevista, la obra pÚblica involucra de forma directa a casi 450 mil empleados. De ese total, un 70% corresponde a pequeÃąas y medianas empresas.

Sin embargo, FernÃĄndez advirtiÃģ que a ese total hay que agregar a los puestos indirectos, es decir, a trabajadores empleados en sectores que son proveedores de la obra pÚblica. Se calcua, entonces, que el nÚmero total puede llegar a los casi 2 millones de trabajadores afectados por el ajuste de Javier Milei sobre la obra pÚblica. En Navidad, y de forma cínica, el ministro de Economía del libertario, Luis Caputo, agradeciÃģ en redes sociales: “Gracias por el sacrificio”. Ni Caputo ni Milei harÃĄn ningÚn esfuerzo.

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