Tarifas: distribuidoras de gas le piden al Gobierno un aumento mínimo de 350% para febrero

Con el descongelamiento de las tarifas, la compañías piden un incremento en las boletas que llegaría al menos a un 350% en el territorio del AMBA y serían aún mayores en el resto del país donde piden un aumento de hasta el 700%.

Las empresas distribuidoras de gas -entre las que se encuentran Metrogas, Naturgy, Camuzzi, TGN y TGS- pidieron actualizaciones de tarifas para febrero de al menos el 350% en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y cifras mayores en el resto del país.

Los informes fueron presentados ante Enargas y serán parte de la audiencia pública que tendrá lugar el 8 de enero, donde se determinará cómo será el descongelamiento en las boletas. Las empresas realizaron sus estimaciones teniendo en cuenta el valor del gas, el transporte a los centros de consumo, la distribución entre los hogares y los impuestos, y plantearon cuál es el panorama para cada una.

Para Metrogas, que opera en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), el aumento debería ser superior al 375%. Por su parte, Naturgy, que distribuye en la Provincia de Buenos Aires, solicitó a Enargas un incremento del 437%.

Naturgy además planteó a esa entidad que se necesitará un mecanismo automático de actualización que identificaron en el IPIM, es decir el índice de inflación mayorista que publica mensualmente el Indec. “Resulta necesario que la Autoridad Regulatoria defina un mecanismo que permita mantener la tarifa que se otorgue en términos reales para que acompañe el crecimiento de los costos mensualmente en esta coyuntura de alta inflación”, argumentaron.

Camuzzi Gas Pampeana pidió un 421% de aumento en la tarifa de distribución; Camuzzi Gas del Sur, un 543%; Gasnor aseguró que sus tarifas de distribución están atrasadas para los usuarios residenciales entre 438% y 704%; Ecogas (Córdoba, La Rioja, Catamarca) estimó un promedio de 126% de impacto en las tarifas; Redengas (Entre Ríos), solicitó desde marzo un incremento promedio de 481%; Transportadora Gas del Sur (TGS) calculó que hace falta una recomposición mayor, de 567%; y TGN lo hizo en 573%.

“Las opiniones no obligan al Enargas a adoptar una decisión sobre ellas en el mismo acto de la Audiencia. Tal como expuso la Corte Suprema de Justicia de la Nación, si bien constituyen un ámbito de participación ciudadana en la toma de decisiones no constituyen la propia decisión, que se mantiene inalterada en manos de la autoridad pública”, explica un documento de la entidad y es que la Secretaría de Energía que tiene la úlltima palabra. 

El Enargas tiene como obligación fundamentar adecuadamente en la decisión final cuáles argumentos han sido receptados y cuáles han sido desestimados

Fuente: Política Argentina.

Read More

El Mega DNU de Milei sumó ocho amparos en contra

El fuero en lo Contencioso Administrativo Federal ya recibió ocho amparos judiciales contra el polémico Decreto de Necesidad y Urgencia de desregulación de la economía impulsado por el presidente.

El fuero en lo Contencioso Administrativo Federal ya recibió ocho amparos judiciales contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación de la economía impulsado por el presidente Javier Milei, con pedidos de suspensión hasta que se dicte sentencia de fondo en relación a planteos de presunta inconstitucionalidad de la norma.

Uno de los amparos dados a conocer este martes fue el de Jorge Rizzoexpresidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, quien calificó al documento como “inconstitucional” y resaltó la importancia de “no innovar”, una medida que impediría que le decreto sea aplicable hasta una resolución de la Justicia.

“El DNU es inconstitucional, nulo e inaplicable. Se juega la continuidad del Poder Legislativo dentro de la división de poderes. No me meto en el fondo. Algunas cosas que están ahí las comparto como la derogación de la ley de alquileres, que pelee para que no saliera, pero no comparto el mecanismo”, dijo en declaraciones a la prensa.

DNU de Milei: exigen una medida de “no innovar”

Otra de ellas fue la radicada por Andrés Gil Domínguez, quien presentó una “acción declarativa de inconstitucionalidad” contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2’023, publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre último con un pedido de medida cautelar para suspender sus efectos hasta el dictado de sentencia definitiva.

“Vengo a solicitar en los términos previstos por el artículo 195 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial y los artículos 13 y 15 de ley 26.854 el dictado de una medida cautelar de no innovar mediante la cual se suspendan los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa”, reclamó Gil Domínguez.

El primer amparo, en tanto, fue el radicado la semana pasada por la “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad”. En la denuncia, el juez Esteban Furnari reconoció a la acción como un amparo. Además, también ingresó una acción de amparo de la “Asociación Civil por un Hogar en Argentina”.

Andrés Gil Domínguez solicitó la inconstitucionalidad del DNU de Javier Milei.
Andrés Gil Domínguez solicitó la inconstitucionalidad del DNU de Javier Milei. Télam

ATE denunciará penalmente a Javier Milei y a otros funcionarios por el DNU

Rodolfo Aguiar, Secretario General de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) confirmó que denunciará penalmente al presidente Javier Milei por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que impulsa el Gobierno.

“Desde ATE hemos decidido denunciar penalmente al Presidente Milei y a todos los involucrados en el DNU”, publicó el sindicalista en su cuenta de la red social X.

El anuncio llega después de que Aguier ratificara que esa organización gremial se movilizará mañana en el marco de una nueva Jornada Nacional de Lucha, para repudiar la disposición oficial de “despedir a 7.000 trabajadores de la Administración Pública Nacional“.

Read More

Kicillof analiza la creación de dos empresas para integrar el sistema de salud

El Gobernador buscará aprobar el jueves en la Legislatura un proyecto para crear la “Empresa bonaerense de emergencias en salud” y el “Centro de Industria Farmacéutica Bonaerense”.

El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, buscará aprobar el jueves en la Legislatura bonaerense un proyecto para crear la “Empresa bonaerense de emergencias en salud” y el “Centro de Industria Farmacéutica Bonaerense”, dos sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria que tienen como objetivo profundizar la integración del sistema de salud.

Las iniciativas fueron incluidas dentro de un proyecto enviado el viernes pasado por el Poder Ejecutivo a las cámaras en el que además se busca prorrogar el estado de emergencia vigente en diversas áreas como seguridad, salud y educación, y se solicita autorización de endeudamiento por el equivalente en pesos de US$ 1.800 millones para hacer frente a los servicios de deuda del año próximo.

Según explicó en declaraciones formuladas a Télam el ministro de Salud, Nicolás Kreplak, se trata de “herramientas claves para profundizar la integración del sistema de salud”.

Kreplak detalló que se proyecta que “ambas iniciativas se constituyan bajo el modelo de Sociedad Anónima con participación estatal mayoritaria, lo que quiere decir que la provincia tendrá su control”.

Describió que “la Empresa bonaerense de emergencias en salud busca mejorar el sistema de emergencia de toda la provincia mejorando los estándares de calidad y el financiamiento”.

“Sabemos que son grandes problemas que cada distrito y cada localidad tiene. Tenemos el proyecto y sabemos cómo hacer para contribuir a esa solución. Esperemos que nuestros legisladores y legisladoras las puedan convertir en ley para inmediatamente trabajar para concretarlas”, cerró.

En las propuestas, a las que tuvo acceso Télam, se precisa que el “Centro de Industria Farmacéutica Bonaerense”, en jurisdicción del Ministerio de Salud, tendrá por objeto “realizar la investigación, el desarrollo, la producción, el fasoneo, el fraccionamiento, la transformación, la terminación, la importación y/o la exportación, la compra, la venta y la distribución por mayor y/o menor así como el control de calidad de todo tipo de medicamentos, vacunas, insumos, productos médicos, equipamientos, ingredientes farmacéuticos activos, estándares primarios y secundarios para control de calidad de la producción, insumos médicos odontológicos, productos sanitarios y cualquier otro insumo necesario para la salud”.

También, se dedicará “al control de calidad fisicoquímico y microbiológico de alimentos y agua, la explotación de patentes de invención, licencias, fórmulas y marcas nacionales o extranjeras, actividades de representación, mandato, comisión y consignación, la importación y exportación, así como toda otra actividad tendiente a fortalecer el desarrollo tecnológico, científico, productivo, de innovación de la propia sociedad, así como del sector público y privado de la provincia de Buenos Aires”.

En la propuesta enviada a la Legislatura se pretende crear la “empresa bonaerense de emergencias en Salud”, en jurisdicción del Ministerio de Salud, con el objeto de “prestar el servicio de emergencias en salud que comprenderá la asistencia sanitaria ante urgencias o emergencias”.

En paralelo, se ocupará de la logística y transporte de usuarios y usuarias del sistema de salud, ya sea traslados pre hospitalarios o bien traslados y derivaciones inter hospitalarios, la logística y transporte de insumos críticos del sistema de salud y residuos patogénicos de establecimientos de salud, y el manejo de un sistema integral de emergencias en salud”.

En la norma enviada a la Legislatura se aclaró que “el Poder Ejecutivo dictará los estatutos societarios de las sociedades creadas con el fin de optimizar el cumplimiento del objeto social” y se indicó que “a tales fines podrá autorizarlas a emitir, en el país o en el extranjero, debentures, obligaciones negociables y otros títulos de deudas en cualquier moneda con o sin garantía real, especial o flotante, convertibles o no, para el cumplimiento de su objeto social”

Read More

Se registró una fuerte caída en las ventas de juguetes para las fiestas navideñas

Las promociones bancarias y la “noche del Juguete” evitaron una caída mayor.

Las ventas de juguetes para navidad cayeron un 6 por ciento según la Cámara Argentina del sector, aunque las compras de último momento atenuaron el impacto de la restricción presupuestaria que afrontan las familias, ya que hasta fines de la semana pasada la caída era del 10%.

La Cámara Argentina del Juguete informó que 7 de cada 10 regalos de Papá Noel son juguetes y en este año, “con restricciones presupuestarias en las familias, se decidió privilegiar a los niños y niñas, reduciendo otros gastos de la nochebuena”. Según el informe esto se debe a que los juguetes aumentaron menos que otros productos.

Aún así hubo caída, que se atenuó en los últimos tres días producto de llamadas “compras de último momento” y de las promociones bancarias. ​​​” A partir del jueves, con la Noche de las Jugueterías se empezó a verificar una mayor afluencia de consumidores a los comercios de barrio y cadenas de jugueterías”, informó la Cámara.

Los artículos más económicos son los que se vendieron en mayor volumen y en base a observaciones del comportamiento del consumidor en locales, ​​se compraron artículos para que sean compartidos entre hermanos como los arcos y pelotas de fútbol o juegos de mesa.

“Salvo los productos de aire libre como pelotas, inflables, globos de agua, lanza aguas, andadores, juegos para la arena y didácticos para primera infancia, todas las categorías han presentado retrocesos”, indicó la Cámara.

El ticket promedio en jugueterías de barrio fue de $7000 por juguete, mientras que en cadenas de jugueterías, ascendió a $18000.

En la actualidad, no hay un juguete que se destaque sino que son muchos tipos de categorías que se demandan. Esto es bueno para el gremio ya que permite una venta más homogénea y no se concentran los pedidos en uno o dos productos únicamente. Existe mucha competencia hacia el interior del sector.

Los principales artículos con licencia de una compañía internacional son los de “Avengers”, “Peppa Pig”, “Merlina”, “La Granja de Zenón”, “Sofía” y los de siempre como “Princesas”, “Frozen” y “Mickey Mouse”.

Read More

Ajuste feroz: el Gobierno despidió a 7000 empleados públicos

La decisión se informó por el Boletín Oficial. También se revisará la situación de los trabajadores que están desde antes y se buscará el congelamiento de los sueldos de los empleados públicos.

En el marco de su plan de ajuste y achicamiento del Estado, el presidente Javier Milei firmó otro Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que, en este caso, ordenará no renovar los contratos de aquellos empleados públicos que hayan ingresado a partir de enero de este año y revisar la situación de todos aquellos que estén desde antes de esa fecha.

El Poder Ejecutivo estableció estas medidas por medio de los decretos 84/2023 y 77/2023, publicados en la edición de este martes del Boletín Oficial con las firmas del presidente, Javier Milei, y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse.

La primera norma, referida a las contrataciones de personal, sostiene en su primer artículo que las contrataciones del personal para la prestación de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023 en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156, no serán renovadas.

En este punto, se exceptúan las derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales; el personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación; y el personal que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento.

En tanto, las contrataciones efectuadas en el marco del artículo 9° del Anexo de la Ley 25.164 (que regula el Empleo Público) y del Decreto 1109 del 28 de diciembre de 2017, cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1° de enero de 2023, no podrán ser renovadas por un periodo mayor de 90 días corridos.

Además, se solicita a las autoridades de cada área un relevamiento exhaustivo del personal contratado cuya fecha de ingreso a la Administración sea previa al 1° de enero de 2023 y, en el caso de que decidan renovar dichos contratos, deberán fundar la decisión demostrando la necesidad de continuar con la contratación.

Al mismo tiempo, se instruye a los titulares de las jurisdicciones a que informen a la Jefatura de Gabinete sobre la implementación de estas medidas.

El Decreto 1109/17 establece el régimen de contratación de personas humanas, para la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales y establece que dichos contratos no podrán superar los 12 meses, siempre que no exceda el período presupuestario en curso.

ADEMÁS: Por la inflación, el Banco Central evalúa emitir billetes de $20.000 y $50.000
En los considerandos del Decreto 84 se recuerda, por otra parte, la modificación de la Ley de Ministerios que obliga a revisar todas aquellas contrataciones y la presente medida se condice con aquellos objetivos y a los fines de lograr un mejor funcionamiento de la Administración Pública, argumenta la norma.

En tanto, el Decreto 77 prorroga la vigencia del Decreto 426/22 hasta el 31 de marzo de 2024, por el cual se establecieron restricciones a las designaciones de personal en las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional.

Las restricciones son las comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y dicha norma tenía vigencia hasta el 31 de diciembre próximo.

El artículo 8º de esa norma establece que las disposiciones de esta Ley serán de aplicación en todo el Sector Público Nacional, el que a tal efecto está integrado por la Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social.

También se incluyen a las Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

Además se incluye a Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.

También están comprendidos en la norma los Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional.

Read More
Diseño sin título - 1

“La mayoría de los clubes prohiben las sociedades anónimas en su estatuto”

Milei quiere meter a empresarios amigos en los clubes.

El Subsecretario de Deportes del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Leandro Lurati, se refirió al mega DNU antidemocrático de Javier Milei que incluye la posibilidad de que los clubes sean sociedades anónimas. “Uno se pregunta la necesidad y la urgencia de modificar el modelo de negocios de la recreación o el deporte”, aseguró el funcionario bonaerense.

“Se está poniendo en cuestión una forma de cuestionar la cosa pública, y tratan de condicionar a la AFA”, aseguró Lurati.

“En la estrategia del DNU hay una intención de transformar la sociedad, no hay antecedentes de una iniciativa así y no es el espíritu de los clubes”, agregó el funcionario.

En ese sentido, recordó que “la mayoría de los clubes prohiben las sociedades anónimas en su estatuto”.

https://twitter.com/PERIODlSTAPERON/status/1738932628370141281

Read More

El DNU de Milei también elimina la doble indemnización para despidos por embarazo

El decretazo 70/2023 de Javier Milei suprime el “despido por causa de embarazo”, el cual implicaba una “indemnización duplicada” para las personas gestantes despedidas durante este período.

En el decreto denominado “bases para la reconstrucción de la economía argentina” elaborado por el gobierno de Javier Milei, se elimina el “despido por causa de embarazo”, el cual implicaba una “indemnización duplicada” para las personas gestantes cesanteadas durante este período, mientras brinda la posibilidad de trabajar como máximo hasta diez días antes de la fecha en la que esté previsto el parto.

El DNU 70/2023 contempla 366 artículos que implican una profunda desregulación de la economía, proponen un “plan de estabilización de shock” y deroga o modifica múltiples leyes y normativas.

Cambios en la Ley N° 20.744

Entre sus medidas, el artículo 78 busca sustituir al 177 de la Ley N° 20.744 de Contratos de trabajo para modificar las condiciones de la licencia de personas gestantes, aunque el artículo que contempla esta información en la normativa original es el 193 y no el 177.

En primer lugar, el nuevo artículo elimina de su título la línea “Despido por causa del embarazo” y no incorpora el último párrafo del anterior, en el que se aseguraba el derecho a percibir una “indemnización duplicada” en caso de despidos durante el periodo determinado por la norma.

“La mujer que fuere despedida durante los plazos previstos en este artículo tendrá derecho a percibir una indemnización duplicada a la prevista en el artículo 198 de esta ley. Se presume, en tales casos, que el despido obedece al estado de embarazo de la trabajadora, sin admitirse prueba en contrario”, dice el artículo 193 de la normativa que no aparece en la nueva versión.

Por otra parte, se mantiene la prohibición de trabajar durante los 45 días anteriores al parto y hasta 45 después del mismo.

Sin embargo, las personas interesadas podrán reducir la licencia previa al parto a una cantidad no inferior a diez días y el resto se podrá acumular en el período posterior de descanso; a diferencia del anterior artículo en el que se podía reducir el período anterior hasta un mínimo de 30 días.

Fuente: Data Gremial

Read More

Militando el ajuste: Barra aseguró que los amparos contra el DNU “serán derrotados”

El Procurador del Tesoro se mostró optimista del avance en la Justicia y el Congreso del decreto alentado por el Poder Ejecutivo.

El Procurador del Tesoro de la Nación, Rodolfo Barra, afirmó este lunes que “no hay vuelta atrás” para el decreto de desregulación de la economía; consideró que “van a ser derrotados los amparistas” contra la medida por la “jurisprudencia” de la Corte Suprema y planteó que “los legisladores pueden dividirlo en 10 distintas leyes con un contenido ‘espejo’ o más o menos modificado”.

A la vez, recordó que “valen” los contratos que fueron firmados antes de la derogación de la Ley de Alquileres que dispone el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno nacional.

“Yo creo que van a ser derrotados los amparistas, no tienen razón. Por la propia jurisprudencia de la Corte”, dijo el jefe de los abogados del Estado en diálogo con radio Rivadavia.

El funcionario, quien indicó que “hay tres” amparos y que “puede haber más”, cuestionó estas acciones y argumentó que “el país está en una situación terrible” y se “necesitan medidas de urgencia”.

“Si la impugnación al decreto es que no hay necesidad de urgencia, yo creo que eso se pierde. Por lo que ya ha dicho la Corte y por lo que es de sentido común”, señaló el exintegrante del máximo tribunal del país, exministro de Justicia del Gobierno de Carlos Menem y exauditor General de la Nación.

En ese sentido, Barra indicó que “no hay vuelta atrás” al DNU anunciado la semana pasada por el presidente Javier Milei, y “en especial cuando hablamos de esto en Navidad, una fecha de esperanza”.

En relación al pedido de un sector de la oposición de dividir el decreto en leyes para que sea tratado por el Congreso, el Procurador del Tesoro señaló que los legisladores “ya lo tienen allí y lo pueden hacer”.

“Si quieren, los legisladores pueden dividirlo en 10 distintas leyes aprobando lo que está o con un contenido ‘espejo’, o más o menos modificado”, explicó.

Al ser consultado sobre la vigencia de los contratos firmados con la Ley de Alquileres, Barra sostuvo que “en principio, ese contrato vale”.

“Sí, el contrato sí, pero siempre que no se oponga al cambio de régimen. Dice el Código Civil que no se puede invocar derechos adquiridos frente a normas de orden público”, agregó.

Read More

Senadores de JxC apoyan el ajuste de Milei pero no quieren bajarse sus sueldos

Senadores de Juntos por el Cambio defendieron los abultados ingresos de los representantes legislativos al considerar que el problema del país “no está en los sueldos” de los integrantes de las cámaras.

Según consigna un cable de la Agencia de Noticias Télam, “el senador del PRO Luis Juez, en declaraciones a Radio Rivadavia, dijo que el problema de la Argentina no está en los sueldos de un diputado”.

“Hay que dar el ejemplo, pero hay que reconfigurar el concepto de la casta. El problema de la Argentina no está en los sueldos de un diputado. Durante la pandemia doné el 35% de mi salario durante un año. Ahí no está el problema. Es fácil apuntar el fusil por ahí porque no te va a defender nadie”, sostuvo el cordobés este domingo.

Por su parte, la senadora radical por Santa Fe, Carolina Losada, expresó que “hablar de números en Argentina donde un jubilado gana lo que gana no está bueno, pero yo gano muchísimo menos de lo que ganaba cuando era periodista”.

En declaraciones a Neura, Losada defendió la dieta de los representantes legislativos y enfatizó que si los dirigentes no reciben sueldos, “los únicos” que podrían ser políticos serían los “millonarios”.

“Lo que está mal en la política y lo que hay que recortar no son los sueldos, porque si no los únicos que pueden ser políticos van a ser aquellos que son millonarios o que se dedican a otra cosa al mismo tiempo”, indicó Losada.

Y agregó que “lo que está mal y lo que hay que recortar, que para mí sí es un ajuste importante, es el tema de los ñoquis y los excesos”.

Cada uno cuida de su ranchito de poder, pero se les nota demasiado, que cada vez se alejan más y más del pueblo.

Fuente: con información de Télam

Read More

“Gracias por el sacrificio”: por el ajuste en la obra pública quedarían sin empleo 1,5 millones de personas

Ajuste brutal de Milei.

“Resulta imposible prescindir de la obra pública”, aseguró el empresario Gerardo Antonio Fernández, presidente de la Confederación de Pymes Constructoras de la República Argentina (CPC). “Entres puestos directos e indirectos, se quedarán sin empleo 1,5 millones de trabajadores”, reseñó.

Según una entrevista, la obra pública involucra de forma directa a casi 450 mil empleados. De ese total, un 70% corresponde a pequeñas y medianas empresas.

Sin embargo, Fernández advirtió que a ese total hay que agregar a los puestos indirectos, es decir, a trabajadores empleados en sectores que son proveedores de la obra pública. Se calcua, entonces, que el número total puede llegar a los casi 2 millones de trabajadores afectados por el ajuste de Javier Milei sobre la obra pública. En Navidad, y de forma cínica, el ministro de Economía del libertario, Luis Caputo, agradeció en redes sociales: “Gracias por el sacrificio”. Ni Caputo ni Milei harán ningún esfuerzo.

Read More