Desde el 20 de agosto, los alimentos deberÃĄn llevar el etiquetado frontal nutricional

Los productos alimenticios deberÃĄn informar el contenido de azÚcares, grasas y calorías, acorde a los tiempos de implementaciÃģn de la ley de etiquetado frontal.

Los productos alimenticios llevarÃĄn una etiqueta con informaciÃģn nutricional respecto al contenido de sustancias que pueden resultar nocivas. Las empresas pequeÃąas o medianas tienen un plazo mayor de tiempo para incorporar el etiquetado.

Los envases de alimentos y bebidas de grandes cadenas alimenticias aparecerÃĄn despuÃĐs del 20 de agosto en los supermercados con etiquetas en las que se advertirÃĄ al consumidor sobre el contenido en exceso de azÚcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio de acuerdo con la ley 27.642 publicada en el Boletín Oficial en noviembre del aÃąo pasado, informÃģ el Ministerio de Salud.

Por su parte, las empresas pequeÃąas o medianas tienen un plazo mayor de tiempo para incorporar el etiquetado, que se prolonga hasta el 20 de febrero de 2023.

La cartera informÃģ que aprobÃģ un 35% de solicitudes de prÃģrroga en la implementaciÃģn de estos sellos de advertencia, sobre un total de 2.658 pedidos

En tanto, “del total de registros con autorizaciÃģn sanitaria, solo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y pymes”.

Los pedidos de prÃģrroga pueden realizarse en los casos que “exista una limitaciÃģn con motivos justificables en el cumplimiento del cronograma de implementaciÃģn para la adecuaciÃģn a la declaraciÃģn del rotulado frontal”, destacÃģ la cartera.

Los principales rubros que se presentaron son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (21,62%); panificados y galletitas (15%); embutidos y conservas cÃĄrnicas (14,45%); lÃĄcteos (11,27%); bebidas analcohÃģlicas (10,63%); frutas y verduras procesadas (7,39%).

TambiÃĐn cereales y pastas (6,55%); salsas y aderezos (5,19%); postres y polvos para preparados (2,96%); snacks (2,16%); helados (1,09%); sopas y caldos (1,02%); cafÃĐ y tÃĐ (0,67%).

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