RevÃĐs para el Gobierno: la justicia suspendiÃģ el decreto que habilita el corte del servicio de agua por falta de pago
El fallo advierte que dichas medidas “implican una regresiÃģn normativa que afecta al medio ambiente y vulnera derechos humanos fundamentalesâ.
La jueza federal de San MartÃn, Martina Forns, dictÃģ una medida cautelar que suspende la aplicaciÃģn del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 493/2025 en los artÃculos que permitÃan interrumpir el servicio de agua potable y desagÞes cloacales a usuarios residenciales por falta de pago.
En su resoluciÃģn, la magistrada subrayÃģ que âel acceso al agua potable incide directamente sobre la vida y la salud de las personas, razÃģn por la cual debe ser tutelado por los juecesâ. ConsiderÃģ âimprocedenteâ el cese del suministro cuando la mora obedezca a situaciones de vulnerabilidad social o afecte a adultos mayores, niÃąos o personas con discapacidad, y ordenÃģ restablecer el servicio en caso de que ya se hubiera interrumpido.
La acciÃģn judicial fue presentada por la UniÃģn de Usuarios y Consumidores y por Consumidores Libres, quienes solicitaron la nulidad e inconstitucionalidad de las disposiciones que habilitaban los cortes tras 60 dÃas de mora en usuarios residenciales y 15 dÃas en no residenciales. Forns advirtiÃģ que dichas medidas implican âuna regresiÃģn normativa que afecta al medio ambiente y vulnera derechos humanos fundamentalesâ.
En el fallo, la jueza citÃģ instrumentos internacionales como la resoluciÃģn 64/292 de la ONU, que reconoce el agua potable y el saneamiento como derechos humanos esenciales, asà como la ConvenciÃģn sobre los Derechos del NiÃąo y la ConvenciÃģn sobre la EliminaciÃģn de Todas las Formas de DiscriminaciÃģn contra la Mujer. TambiÃĐn recordÃģ jurisprudencia de la Corte Suprema que prohÃbe el uso abusivo de la facultad de suspender el suministro de agua.
La decisiÃģn judicial, que regirÃĄ hasta que se dicte sentencia definitiva, constituye un freno a la polÃtica oficial de mercantilizaciÃģn de servicios esenciales, preservando el carÃĄcter fundamental del acceso al agua como derecho humano.








